El Poder Ejecutivo Provincial informó que, a través del Decreto N° 4683/23, se aprobó el Reglamento y el Texto Ordenado de la Ley N° 1065, la cual establece el sistema de Coparticipación de Municipalidades y Comisiones de Fomento, con las modificaciones introducidas por la Ley N° 3556. Los cambios implican un fondo extra para distribuir entre las 79 localidades.
En los próximos días, el Gobierno provincial convocará a intendentas, intendentes y titulares de Comisiones de Fomento para que el Ministerio de Hacienda y Finanzas informe los alcances del decreto reglamentario.
Será una reunión de trabajo en la que se pulirán detalles y evacuarán dudas acerca de la presentación que deberán realizar en el marco de la nueva Ley.
Asimismo, el decreto reglamentó el Fondo de Distribución Poblacional, de carácter permanente, actualizable y solventado con Rentas Generales, para terminar con la inequidad que sufren las jurisdicciones locales con mayor cantidad de habitantes, publicó la Agencia Provincial de Noticias.
“Debe destacarse que se aprobó el ‘Clasificador de Recursos’, el cual será de guía para la confección del Informe de Rendición de Ingresos de los Recursos, que deben remitir las Municipalidades y Comisiones de Fomento ante la Secretaría de Asuntos Municipales. De esta forma, la información presentada tendrá mayor claridad y transparencia y permitirá un mejor control de los organismos intervinientes”, agregó la APN.
Por último, se facultó al Observatorio Provincial de Distribución de Recursos Coparticipables en Municipalidades y Comisiones de Fomento a dictar su reglamento de funcionamiento a los efectos de cumplir con el objeto por el cual fue creado.