La Subsecretaría de Derechos Humanos de La Pampa expresó “preocupación y rechazo” por algunas de las reformas pretendidas tanto por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, como por el Proyecto de Ley ómnibus recientemente enviado por el Poder Ejecutivo Nacional al Congreso de la Nación. Entre otros puntos, una “virtual derogación” de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
La titular del área, Paula Grotto, alertó que el DNU “implica lisa y llanamente el avasallamiento a la división de poderes” del país. “El presidente Javier Milei se toma atribuciones que son propias del Congreso”, dijo.
Grotto también se refirió al denominado proyecto de Ley Ómnibus. “Es un retroceso en materia de Derechos Humanos. Criminalizan derechos constitucionales, como peticionar a las autoridades, de huelga y de reunión. También con la virtual derogación de la ley de interrupción voluntaria del embarazo, donde ampliando las disposiciones de la Ley de los Mil Días, se vuelven incompatibles entre sí”, dijo.
En la Argentina, desde 2020, la interrupción voluntaria del embarazo es un derecho para niñas, mujeres y todas las personas con capacidad de gestar hasta las 14 semanas de gestación. Así lo establece la Ley 27.610. Más allá de las 14 semanas, solo permite el acceso a la práctica si el embarazo es producto de una violación o ante el peligro de la vida y la salud de la persona gestante.
En el proyecto que mandó Milei al Congreso este miércoles propone modificar la ley conocida como de los mil días, sancionada en 2020 para “proteger, fortalecer y acompañar el cuidado integral de la vida y la salud de las personas gestantes y las niñas y los niños en sus primeros 3 años”. El proyecto cambia el lenguaje y el espíritu: habla de “madres”, “hijos por nacer” y “persona desde la concepción”. También pide “buscar activamente y detectar embarazadas en situación de vulnerabilidad”. Lo mismo que pedían las ONGs antiaborto en los debates del aborto.
En el mismo sentido, Grotto manifestó el riesgo latente en el espíritu de la legislación pretendida, que “habilita violencia institucional y entre la población” con la ampliación de supuestos de legítima defensa. “Es claro que quieren maximizar el poder de las fuerzas de seguridad y a permitir, poniendo en riesgo la integridad de las personas”, djo.
“Por último, expresamos que nos produce una muy especial preocupación la inclusión de la obediencia debida como causal de no punibilidad. Apunta indubitablemente a su incidencia en los juicios por delitos de lesa humanidad llevados a cabo en nuestro país, como así también los que se encuentran en desarrollo y los que en el futuro pudieran iniciarse, posibilitando la impunidad mediante la aplicación del principio de ley penal más benigna”, concluyó.