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Ziliotto reglamentó la ley de jubilación anticipada: desde julio podrán sumarse 1175 estatales

19 de junio de 2024
Ziliotto reglamentó la ley de jubilación anticipada: desde julio podrán sumarse 1175 estatales

El gobernador Sergio Ziliotto, a través del Decreto 2329, reglamentó la Ley 3581 del régimen especial de jubilación anticipada a empleados del Gobierno provincial y de las intendencias. Entrará en vigencia el 1° de julio. Las vacantes de quienes se retiren serán congeladas, con la única excepción de las ramas profesionales de salud, técnica o enfermería del sistema de salud público, en los casos de personal único en el territorio y en los que no exista posibilidad de sustitución y sea imprescindible el nombramiento de un nuevo agente.

La iniciativa había sido aprobada por unanimidad por la Legislatura el 11 de junio. La oposición coincidió en que la medida significará un ahorro para las arcas de Casa de Gobierno.





La Firma




Según cálculos del Gobierno, podrán plegarse unos 1175 empleados y empleadas. A este retiro accederán las mujeres con una edad mínima de 55 años y los varones de 60 años. Deberán contar con 30 años o más de servicio con aportes, de los cuales un mínimo de 20 años deberán haberlos realizado al Instituto de Seguridad Social de La Pampa.

Incluirá a las y los agentes de comisiones de fomento y municipalidades que adhieran a la ley.

Las vacantes de las/los agentes que accedan a la jubilación anticipada serán eliminadas, con la única excepción de las ramas profesionales de salud y técnica del sistema de salud pública. En este caso, deberán cubrirse en la misma localidad en la que se produjo la vacante.





La medida no alcanzará a los funcionarios. El haber jubilatorio será el 82% móvil del salario de bolsillo de cada agente.

No se verá afectada la sustentabilidad del sistema previsional pampeano: será la Provincia la que realice el aporte para alcanzar ese 82% móvil.

El Gobierno provincial realizará un aporte para financiar las jubilaciones anticipadas en municipalidades y comisiones de fomento que adhieran a la ley y se comprometan a eliminar las vacantes.

Este miércoles 19, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley. Entre otros puntos, se presentó un modelo de convenio a ser firmado entre las intendencias y Casa de Gobierno.

“Se hace necesario proceder a la Reglamentación de dicha norma; Que las disposiciones deben contar con la suficiente claridad para que permitan a los agentes en condiciones de optar, hacerlo en el marco de absoluta seguridad en razón de la trascendente decisión, y a fin de que los organismos competentes que deban aplicarla puedan realizarlo con la mayor eficiencia posible”, indica, entre otros puntos, el decreto de Ziliotto.

Inicio del trámite

El Instituto de Seguridad Social de la provincia comenzará con la atención de los nuevos beneficiarios o beneficiarias al derecho de retiro anticipado a partir del 1 de julio de este año.


Por información deberá ingresar a la página web https://www.isslapampa.gob.ar/sps_como-me-jubilo/, donde encontrará toda la información referente a los requisitos exigidos, como la documentación que deberá presentar al ISS para el inicio del trámite.


La atención será presencial en la sede central, y en las delegaciones y agencias comunales. También podrán hacerlo mediante correo electrónico a [email protected] o a través de la solicitud de turno telefónico en el siguiente link.






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