El Superior Tribunal de Justicia ratificó el derecho constitucional a la huelga que le cabe a los trabajadores judiciales, pero a la vez dispuso que solo abonará las horas extras al personal que cumpla con las tareas asignadas en dicho horario.
Durante la reunión semanal de acuerdos, los cinco ministros del STJ resolvieron que habrá un relevamiento interno en el Poder Judicial para saber quiénes cumplen con las horas extras; es decir aquellas suplementarias por fuera del horario legal.
El STJ ha mostrado un respeto irrestricto por el derecho de los trabajadores a manifestarse y a reclamar por sus salarios y sus condiciones laborales, tal cual lo prevén las Constituciones nacional y provincial. Por eso en la resolución remarcó que la decisión “no busca menoscabar el derecho constitucional a la huelga”.
Lo que sí procura el Tribunal es “garantizar un equilibrio entre la libre expresión de las demandas laborales y el cumplimiento de las normas que regulan el servicio de los órganos judiciales”.
En ese contexto, recordó que “las bonificaciones correspondientes al pago de horas extras están condicionadas a la realización efectiva de las tareas asignadas en dicho horario”. Por lo tanto a aquellos agentes que incumplan con esa carga laboral no se les serán abonadas, “en apego estricto a los principios de transparencia y equidad que rigen la administración de los recursos públicos”.