El asesinato de Chiara Paez en 2015, una adolescente de 14 años y que estaba embarazada de tres meses, por quien era en ese momento su novio, fue el punto de inicio de una marcha multitudinaria en distintos puntos del país y con un reclamo principal: el Estado debía asumir su responsabilidad para prevenir y erradicar la violencia por motivos de género.
Uno de los pedidos, en 2015, fue que haya un registro oficial de las víctimas de femicidio. Ese mismo año se creó el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), que elabora la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (OM-CSJN), con datos provistos por todas las jurisdicciones del país.
En 2024, en la Argentina se contabilizaron 228 víctimas directas de femicidio y 19 víctimas de femicidio vinculado, lo que implica 247 víctimas letales de violencia de género. Las 228 víctimas directas de femicidio incluyen 220 mujeres cis y 8 mujeres trans/travestis.
María Delia Castañares, titular de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dependencia que se ocupa de analizar y sistematizar los datos recolectados, en diálogo con el diario Tiempo Argentino, destacó que el impacto más significativo se manifestó en la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de iniciar la publicación sistemática del Registro de Femicidios y que desde ese año se realiza de manera ininterrumpida.
“El relevamiento de datos se lleva a cabo conforme a un protocolo elaborado por la Oficina de la Mujer de la CSJN, disponible en su sitio institucional (oficinadelamujer.gob.ar). En virtud de dicho protocolo, cada poder judicial provincial, así como la mayoría de los ministerios públicos fiscales del país, ha designado referentes responsables de recopilar y cargar la información sobre causas judiciales vinculadas a muertes violentas de mujeres, independientemente si están caratuladas o no como femicidios. Se revisan estas causas, con perspectiva de género, para determinar si cumplen con los indicios establecidos en el protocolo (basado en el Protocolo de Naciones Unidas para la investigación de muerte violenta de mujeres que adaptó la UFEM para nuestro país)”, explicó.
Castañares aseguró que el registro contempla los casos de femicidios vinculados y aquellos por interposición en la línea de fuego: “En nuestro registro también se incluye a los hombres que han sido asesinados en un contexto de violencia contra las mujeres. Por ejemplo, parejas actuales, hijos, o incluso funcionarios públicos de la policía o de la justicia que han muerto al acudir en auxilio o protección de las mismas. También incluye los casos en los que el sujeto activo se suicida, con datos proporcionados por los ministerios públicos fiscales”.
La información recolectada es analizada y sistematizada por la Oficina de la Mujer que cada año publica el informe anual, que se complementa con un seguimiento continuo a través del Observatorio de Causas de Femicidios. Los datos además se publican en formato abierto para que puedan ser consultados y tomados para otros estudios.
Con relación a las medidas que puede implementar el Poder Judicial para reducir la violencia de género, dijo: “La violencia de género es un fenómeno de carácter multicausal. Por tal motivo, su abordaje exige una respuesta integral y coordinada por parte de todos los estamentos del Estado, así como el compromiso activo de la sociedad en su conjunto”.
Y recordó que la Corte Suprema ya venía desarrollando acciones concretas desde años antes: “En 2008, se puso en funcionamiento la Oficina de Violencia Doméstica, bajo la dirección de la doctora Elena Highton de Nolasco, con atención permanente y equipos interdisciplinarios. En 2009 se creó la Oficina de la Mujer, dirigida por Carmen Argibay, que al momento de la sanción de la Ley 27.499 (Ley Micaela) ya había capacitado a más de 35.000 operadores judiciales en todo el país. Tras el fallecimiento de la doctora Argibay y la jubilación de Elena Highton, el trabajo de ambas oficinas fue sostenido y fortalecido con el compromiso del pleno de la Corte Suprema”.
Datos
El informe publicado por la Oficina de la Mujer agrega que al menos el 86% de los casos la víctima directa de femicidio tenía vínculo previo con agresor. El 54% eran parejas, ex parejas o tenían otro tipo de relación sexo-afectiva; en el 16% eran familiares, y en el 16% tenían otro tipo de vínculo. Solo en el 9% de los casos eran desconocidos entre sí. También que, al momento del hecho, al menos 96 víctimas directas de femicidio tenían a cargo a 204 niñas, niños o adolescentes (de 0 a 17 años de edad).
En al menos el 48% de los casos relevados se registraron hechos previos de violencia de género/doméstica entre la víctima y el sujeto activo de femicidio directo, mientras que al menos el 12% de los femicidas tenían antecedentes de violencia de género respecto a otras víctimas (distintas a las del femicidio).
En cuanto a la nacionalidad de los victimarios, al menos el 88% eran argentinos, mientras que al menos 11% eran de origen extranjero.
Inmediatamente después de cometer el hecho, 41 sujetos activos (17%) se suicidaron y otros 13 lo intentaron (5%); 85 (35%), en tanto, se dieron a la fuga, mientras que 76 sujetos activos (31%) buscaron ocultar su autoría.
Las víctimas directas de femicidio fueron asesinadas principalmente mediante el uso de la fuerza física (manual y con elementos) en 86 casos (36%); con armas blancas y/o elementos cortopunzantes en 67 (29%); con armas de fuego, en 46 (20%); con fuego u otros medios combustibles en 13 (6%), y en 5 (2%) el femicidio directo se cometió por intoxicación o venenos.
De los casos relevados en 2024, al menos 36 de las 228 víctimas directas estuvieron desaparecidas o extraviadas previo al hallazgo del cuerpo.
El 79% (180) de las víctimas de femicidio directo fueron atacadas en viviendas, mientras que el 9% (20) de estos hechos ocurrió en el espacio público. El 84% de los hechos sucedieron en zonas urbanas, mientras que el 14% ocurrieron en zonas rurales.