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El odio a los niños: Milei se niega a borrar un tuit donde agrede a Ian Moche

12 de agosto de 2025
El odio a los niños: Milei se niega a borrar un tuit donde agrede a Ian Moche

Javier Milei se niega a eliminar un tuit que publicó el 1 de junio de este año en el que desacreditaba a Ian Moche, un niño de 12 años con autismo, conocido por sus acciones para difundir y concientizar sobre esta condición. Los insólitos argumentos que presentó el jefe de Estado en la demanda judicial que le inició el chico parecen más enfocados en controlar las consecuencias de la causa penal por la criptoestafa $Libra y en seguir usando las redes sociales como si no tuviera responsabilidades propias de su cargo (y así, por ejemplo, atacar a opositores o difundir noticias falsas), publicó Página/12.

Su planteo tiene varias aristas. Por un lado, vuelve con la teoría de que no tuitea como presidente de la Nación sino como un ciudadano cualquiera y que lo hace en ejercicio de su libertad de expresión (que, según él, intentan cercenarle al denunciarlo). A la vez dice que los derechos y el interés superior del niño no pueden restringir el debate público, a lo que agrega que el chico es un activista y como tal debería soportar sus agresiones. Da una vuelta más: sostiene que en realidad él solo retuiteó para criticar a un periodista y que ahora es una víctima de la cultura de la cancelación. 





La Firma




“Acá el problema es que el Presidente en ejercicio del cargo retuiteó manifestaciones agraviantes para los derechos de un niño que tiene una discapacidad. Frente al agravio, se le pidió que elimine lo que publicó. Pero él desconoce el carácter de niño vulnerable de Ian, quien defiende y hace visibles los derechos de las personas con discapacidad”, señaló el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien había presentado la demanda en nombre del niño y su mamá. “Lo que dice Milei es grave: que un niño que pide que elimine algo gravoso para sus derechos afecta su libertad de expresión. Es una noción básica que la libertad de expresión fue pensada para proteger a las personas frente al Estado y no al revés. El planteo es contradictorio con toda la historia de la libertad de expresión y los derechos humanos”, agrega. 

Además del escrito presentado por Milei, representado por el abogado Francisco Oneto, entregó otro la Procuración del Tesoro, que ese el cuerpo de abogados del Estado, enfocado -otra vez– en que Milei no se expresó como presidente. En relación a la cuenta de “X” usada por Milei dijo: “Desde ningún punto de vista podría ser considerada una cuenta pública oficial del Estado nacional o del Poder Ejecutivo nacional o de Presidencia de la Nación, ni tampoco constituye un canal oficial de comunicaciones públicas o institucionales”. Por eso, además, dicen que Ian Moche no está legitimado para accionar contra el Estado, porque “no se dirige contra un acto u omisión del Poder Ejecutivo – Estado Nacional”. En función de esto, pide desestimar el amparo. 

El primer problema con el que se choca ese enfoque es que ni el juez de La Plata, donde se presentó la demanda, Alberto Recondo, ni el fiscal del caso Oscar Julio Gutiérrez Eguía, se declararon incompetentes. Es decir, aceptaron la competencia federal, que es la que atañe a Milei como el más alto funcionario del Poder Ejeutivo. Es más, el fiscal fue categórico al dictaminar: “Si bien nos encontramos en el ámbito del derecho no penal, vertida la publicación cuya eliminación se intenta, en la red social X, por el demandado en estos autos el Sr. Milei, en este caso en su rol de Jefe de Estado, verificado como funcionario tan en dicha red -escribió- entiendo que la justicia federal resulta competente en razón de las personas”. Para el fiscal no hay ninguna duda de que la cuenta de “X” de Milei está verificada en su carácter de mandatario. 





¿Por qué el presidente está empecinado en negar que ostenta ese cargo todo el día? Es decir, cuando tuitea también. Según explican varios especialistas a Página/12, es probable que las conductas que se le atribuyen agraven su escenario en todos los frentes judiciales. 

“A los niños, niñas y adolescentes les cabe un plus de protección en su carácter de personas en pleno desarrollo. En cualquier conflicto de derechos entre un adulto (la supuesta libertad de expresión) y el derecho a la intimidad, identidad, trato digno, entre otros, de una persona menor de edad, el sistema jurídico se inclina por la satisfacción de derechos de este último. Un Presidente de la Nación tiene la responsabilidad reforzada de cumplir con esta manda constitucional-convencional”, señala Marisa Herrera, abogada especialista en familia y niñez. “La actitud violenta hacia una persona doblemente vulnerable, por ser menor de edad y en situación de discapacidad, contiene ribetes más gravosos al provenir, no solo de un adulto, sino que esta persona es el presidente de la nación. Esta gravedad exige que la justicia esté a la altura de las circunstancias», detalla. «Lo que expresó el fiscal que interviene repercute en el caso que más preocupa, y debería por la gravedad de los hechos que se investigan, al Presidente, como lo es el conocido caso Libra”, completa.

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