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Gil Domínguez y el fallo por los audios a favor del Gobierno: “Es censura previa”

1 de septiembre de 2025
Gil Domínguez y el fallo por los audios a favor del Gobierno: “Es censura previa”

El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez cuestionó el fallo de un juez que ordenó este lunes el “cese inmediato” de la difusión de los audios grabados en la Casa de Gobierno y atribuidos a la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei. Dijo que hay censura previa.

Para romper la censura: un periodista, desde Uruguay, anuncia que difundirá los audios de Karina

“La interdicción de la censura previa es un contenido esencial de la libertad de expresión y el acceso a la información. Mucho más aún cuando lo que se protege está relacionado con asuntos de interés público y funcionarios públicos. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte IDH desarrolló estándares precisos en la materia”, expresó Gil Domínguez en su cuenta de X. “Una cautelar sin plazo y sin sujeto pasivo que impone la censura previa a la función periodística, afecta el pleno ejercicio de la libertad de expresión como un derecho colectivo y sostén fundamental del sistema democrático”, agregó.





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El fallo, firmado por el juez Alejandro Patricio Maraniello, dispone no difundir esos audios. “Decretase -indica- la medida cautelar ordenando, solamente el cese de la difusión únicamente de los audios grabados en la Casa de Gobierno de la Nación, anunciados el día 29/08/2025 -como fueran denunciados- que sean atribuidos a la Sra. Karina Elizabeth Milei, a través de cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web”.

Andrés Gil Domínguez detalló que la medida cautelar dictada “adelanta la cuestión de fondo de un proceso que no sabemos si fue iniciado”, y que al ser “innovativa, sin plazo y sin sujeto pasivo directo”, se aparta de lo dispuesto por la Ley 26.854, que establece un límite de tres meses para estas resoluciones.

El constitucionalista también subrayó la contradicción de que se le ordene al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) cumplir con la cautelar, cuando el artículo 10 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual excluye de su competencia la intervención en contenidos de redes sociales.





“La cautelar no tiene ninguna clase de eficacia procesal y cualquier periodista o persona puede difundir los contenidos que desee sin ninguna clase de inhibición judicial”, añadió el abogado constitucionalista.

«Una cautelar sin plazo y sin sujeto pasivo que impone la censura previa a la función periodística, afecta el pleno ejercicio de la libertad de expresión como un derecho colectivo y sostén fundamental del sistema democrático. Especialmente -remarcó- cuando le impide a la sociedad acceder a información pública relevante para debatir una cuestión de interés público de forma crítica y poder tomar una posición concreta sobre el tema».

La medida busca frenar la polémica iniciada el viernes pasado con la filtración de un breve clip en el que se escuchaba a la hermana del presidente pedir “unidad” en la interna libertaria. Quienes difundieron ese material habían advertido que se trataba solo de un adelanto, lo que habría motivado esta rápida acción judicial por parte del oficialismo.

Censura: el Gobierno consiguió un fallo que prohíbe la difusión de los audios de Karina

Además, este lunes, luego de la difusión de los audios del ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), Diego Spagnuolo, sobre presuntas coimas que involucran a la primera plana del Ejecutivo, el Gobierno denunció ante la Justicia un operativo de inteligencia ilegal “con el fin de desestabilizar el país en plena campaña electoral”.

Para el Gobierno nacional, “no se trata de una filtración casual”, sino “de un ataque planificado que apunta directamente al núcleo de la democracia argentina que es el proceso electoral”. En ese marco, en Balcarce 50 consideran que el objetivo “fue generar caos, desinformación y condicionar ilegítimamente las próximas elecciones legislativas y nacionales”.

Entre los responsables identificados por el Gobierno se encuentran el periodista Mauro Federico, el empresario Pablo Toviggino, el conductor Jorge Rial y el abogado Franco Bindi. En este marco, la Justicia ordenó allanamientos en sus domicilios y en el medio de comunicación “Carnaval Stream”.






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