El Colegio de Martilleros y Corredores de La Pampa festejó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que rechazó un amparo de una martillera santarroseña para operar bajo la franquicia de Remax. “La Corte cierra una etapa de ochos años iniciada por este colegio”, sostuvo el organismo.
La decisión del máximo tribunal nacional puso punto final a una larga disputa judicial y ratificó la validez de las resoluciones dictadas por el Colegio de Martilleros y Corredores de Comercio de La Pampa para impedir el funcionamiento de franquicias inmobiliarias en la provincia. “Se confirma lo que el Colegio sostuvo desde el principio: no a las franquicias inmobiliarias en nuestro territorio pampeano; las franquicias no pueden ejercer el corretaje; y no se puede ceder un estudio universitario y una profesión a una franquicia”, expresó la entidad en un comunicado.
Hace apenas un mes, la Corte había rechazado un planteo por una cuestión formal vinculada a la extensión de la presentación judicial. Posteriormente, Daiana Domínguez promovió un recurso de reconsideración con aclaraciones sobre ese punto, pero el tribunal volvió a rechazar la pretensión y dejó firme la sentencia.
Ocho años de disputa
Desde el Colegio destacaron que el proceso tuvo como antecedentes una serie de resoluciones adoptadas para regular el ejercicio profesional.
La resolución 048/2018 prohibió las sociedades de corredores con terceros no matriculados. Posteriormente, la resolución 077/2020 vetó las franquicias inmobiliarias en territorio pampeano. Finalmente, la resolución 004/2021 impidió la instalación de Remax en la provincia.
La martillera promovió una acción de amparo bajo el expediente “Domínguez Daiana c/ Colegio de Martilleros s/ Amparo”, mediante la cual solicitó la nulidad de las resoluciones de 2020 y 2021.
Sin embargo, la Justicia pampeana rechazó el planteo en primera instancia, en la Cámara de Apelaciones y en el Superior Tribunal de Justicia. Ahora, la Corte Suprema también desestimó el último recurso disponible.
“Por tal motivo se confirma lo que el Colegio sostuvo desde el principio”, reiteró la institución.
El intento de desembarco de Remax
La controversia comenzó a principios de 2021, cuando Domínguez informó al Colegio que trasladaría su oficina a la avenida San Martín 390 de Santa Rosa y que comenzaría a operar bajo la denominación “RE/MAX Pasión”.
La profesional sostuvo que toda la actividad se desarrollaría bajo su responsabilidad y que en la publicidad figuraría su nombre y número de matrícula.
El Colegio rechazó la solicitud. Argumentó que la utilización de esa denominación podía generar confusión y que estaba vinculada a una franquicia cuya actividad consideró incompatible con la normativa vigente para el ejercicio del corretaje.
Además, recordó que la asamblea general de matriculados había aprobado la resolución 077/2020, que prohíbe las franquicias inmobiliarias en La Pampa y establece que los corredores no pueden ceder su nombre, crédito profesional o habilitación a terceros.
Domínguez insistió con el planteo y sostuvo que la negativa vulneraba la legislación aplicable y los reglamentos internos del Colegio. Sin embargo, el Consejo Directivo ratificó su postura mediante la resolución administrativa 4/2021.
A partir de allí comenzó una batalla judicial que se extendió durante más de cinco años y que ahora quedó definitivamente cerrada.
Qué sostuvo el Colegio
Luego de conocerse la decisión de la Corte Suprema, el Colegio de Martilleros y Corredores de Comercio de La Pampa celebró el resultado y afirmó que la sentencia ratifica la legalidad de todas las resoluciones cuestionadas.
La entidad insistió en tres principios que considera centrales para el ejercicio profesional en la provincia:
• No a las franquicias inmobiliarias en La Pampa.
• Las franquicias no pueden ejercer el corretaje.
• No se puede ceder una profesión universitaria a una franquicia.
Con el rechazo del recurso extraordinario y de la reconsideración presentada por la martillera, la causa quedó firme y pasó a ser cosa juzgada.


