El gobernador Sergio Ziliotto respondió a la Cámara de Diputados por el pedido de información sobre el caso que involucra a un niño que estaba con una famialia de contención de Rancul y remitió a la presidenta del cuerpo, Alicia Mayoral, el informe elaborado por los ministerios de Desarrollo Social y Derechos Humanos, Seguridad y Justicia y Salud. En la respuesta, el Gobierno provincial reconoció las facultades de control de la Legislatura, pero advirtió que deben ejercerse “dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico”, especialmente cuando se trata de información vinculada con un niño y con datos sobre su identidad, intimidad y vida familiar, protegidos por normas de jerarquía constitucional.
“La información remitida fue elaborada de acuerdo con las competencias propias del Poder Ejecutivo y en observancia de los tratados internacionales vigentes, la Constitución Nacional, la legislación nacional y provincial aplicables, y las normas que regulan el funcionamiento de la Cámara de Diputados de La Pampa”, comunicó Casa de Gobierno.
“En este sentido, el Poder Ejecutivo ratifica que el ejercicio de las facultades de control político y requerimiento de información de la Legislatura debe desarrollarse dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico, especialmente cuando se encuentran involucrados derechos de niños, niñas y adolescentes y datos relativos a la identidad, intimidad y vida familiar de personas protegidas por normas de jerarquía constitucional”, agregó.
“En relación con el alcance del requerimiento legislativo, corresponde que se precisan e individualicen las actuaciones estrictamente administrativas y las piezas concretas cuya consulta resulte necesaria, indicando expresamente su relación con cada uno de los puntos. Esta precisión resulta indispensable para delimitar adecuadamente el objeto del requerimiento, evitar pedidos genéricos o indeterminados y garantizar que el ejercicio de las facultades legislativas se mantenga dentro de las competencias que le asigna el ordenamiento jurídico”, dijo el Gobierno en un comunicado de prensa.
Asimismo, se le solicitó a la Cámara de Diputados que se “abstenga de requerir al Poder Ejecutivo declaraciones o documentación cuyo contenido importe revisar el mérito, acierto o conveniencia de decisiones judiciales” o “interferir” con órganos dotados de competencia específica. Es decir, le pidió que no le requiera documentación de la Justicia.
“En particular, toda información de naturaleza judicial deberá, en su caso, ser requerida ante el Poder Judicial, que es el órgano competente para resolver sobre su acceso y alcance, dentro de los límites establecidos por el artículo 5° de la Resolución correspondiente”, agregó.
“El Poder Ejecutivo Provincial reafirma así su disposición a brindar toda la información que legalmente corresponde y se encuentre dentro del ámbito de sus competencias, garantizando simultáneamente el cumplimiento de las obligaciones institucionales y la protección de los derechos que el ordenamiento jurídico reconoce a los niños, niñas y adolescentes ya sus familias”, expresó.
La respuesta institucional se formalizó mediante nota del gobernador Sergio Ziliotto, a la presidenta de la Cámara de Diputados, Alicia Mayoral, con la remisión anexa del informe redactado por los ministros de Desarrollo Social y DDHH, Diego Alvarez; de Seguridad, Horacio di Nápoli; y de Salud, Mario Kohan.
Sí. La extendería a unas 500 palabras, recuperando parte del contexto judicial y el retiro del bebé, pero sin volver a desarrollar toda la nota original.
Qué pasó hoy en la comisión
Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani, la familia de contención de Rancul que reclama la adopción de un bebé, concurrió este martes a la comisión investigadora de la Cámara de Diputados y reiteró que, a su criterio, hubo “muchas irregularidades” de funcionarios del Gobierno y de la Justicia.
La comisión, integrada por Sandra Fonseca, Silvia Larreta, Gisela Cuadrado y Noelia Viara, analiza principalmente las circunstancias y los procedimientos administrativos vinculados con la entrega y el posterior retiro del niño. No tiene como objeto revisar el proceso de adopción ni las decisiones adoptadas por el Poder Judicial.
La pareja recibió al bebé el 20 de marzo de 2026, cuando tenía dos meses, dentro del programa de Familias de Contención. Se trataba de una medida excepcional y transitoria, destinada a brindarle cuidado mientras se definía su situación familiar. Al asumir el cuidado, la pareja firmó un acta en la que aceptó las condiciones del programa, entre ellas que no podía convertirse en adoptante del niño.
El 29 de junio, la Justicia declaró al bebé en estado de adoptabilidad y solicitó al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUA) el listado de familias en condiciones de adoptarlo. A partir de ese momento comenzó la disputa judicial.
Díaz y Pizzani pidieron que el niño permaneciera con ellos y reclamaron su guarda con fines de adopción. También sostuvieron que eran su “única referente afectiva” y cuestionaron que el vínculo construido durante los meses de convivencia no fuera considerado. Sus planteos fueron rechazados en distintas instancias judiciales.
El 7 de septiembre, la Dirección de Niñez concurrió a retirar al bebé. La familia inicialmente se negó a entregarlo y posteriormente fue demorada por la Policía en Castex, cuando intentaban dirigirse a Rancul. Finalmente regresó a Santa Rosa y el niño fue entregado después de las 18.30 a la familia seleccionada para iniciar el proceso adoptivo.
La familia de contención denunció que el procedimiento había sido violento y cuestionó el modo en que se concretó el retiro. El Gobierno sostuvo que la intervención de Niñez tuvo como objetivo cumplir con la decisión judicial y que se procuró generar la situación “menos violenta” posible para el bebé.
La situación judicial
Según explicó Díaz antes de ingresar a la comisión, la Sala B del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa hizo lugar la semana pasada a un recurso extraordinario, por lo que la jueza de menores Ana Pérez Ballester deberá explicar cómo se desarrolló el proceso de guarda y adopción.
La familia interpreta esa decisión como una posibilidad de revisar lo ocurrido y mantiene su reclamo para que se analice si existieron irregularidades. Díaz afirmó que mantiene la esperanza de reencontrarse con el niño.
Sin embargo, las resoluciones judiciales conocidas hasta ahora establecieron que la familia de contención no podía convertirse en adoptante del mismo niño que había recibido bajo ese régimen. La Justicia también señaló que el sistema de adopción requiere la inscripción de los aspirantes en el RUA y que el programa de familias de contención tiene carácter transitorio.
La Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Nación también intervino en el expediente y sostuvo que las familias de contención no deben convertirse en una vía de acceso a la adopción de los niños que reciben.
En paralelo, la discusión continúa en la Legislatura. La comisión investigadora busca determinar si existieron irregularidades administrativas o institucionales en la intervención de los organismos provinciales y, eventualmente, si corresponde establecer responsabilidades.
Así, el caso mantiene dos discusiones diferenciadas: por un lado, la judicial, vinculada con los recursos presentados por la familia y el proceso de adopción; por otro, la legislativa, centrada en el procedimiento utilizado para entregar y luego retirar al bebé de la familia de contención.



