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Le dieron seis años por intento de homicidio

23 de noviembre de 2018
Le dieron seis años por intento de homicidio

El juez de audiencia de Santa Rosa, Gastón Boulenaz, le impuso a Juan Alberto Lara la pena de seis años de prisión, por resultar autor de los delitos de homicidio en grado de tentativa, agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización. Además le mantuvo la prohibición de acercamiento a la víctima, Alberto José Cholino, hasta el final del proceso y dispuso su inmediata detención cuando el fallo quede firme.

Boulenaz, durante el juicio oral, había declarado la autoría material y la responsabilidad penal de Lara –un criancero de 57 años– cuando dictó la sentencia el 31 de octubre. En esa oportunidad se dispuso que se realizaría el 13 de noviembre una audiencia de cesura para fijar la pena.

En esa audiencia declararon tres testigos y, durante los alegatos, la fiscal Soledad Forte pidió que el imputado sea condenado a cinco años y tres meses de prisión; el querellante particular, José Mario Aguerrido –en representación de la víctima– a siete años y medio; y la defensora particular,  Vanessa Ranocchia Ongaro a no más de tres años en suspenso o, en el peor de los casos, a tres años de cumplimiento efectivo.

En el debate había quedado probado que el 3 de noviembre de 2015, Lara se apersonó con su camioneta Ford Ranger a la mina denominada ‘Alicia’ –ubicada en un lote “cuya titularidad intenta adquirir por prescripción adquisitiva” el acusado– y “una vez allí, se bajó del rodado y se dirigió hacia donde se encontraban trabajando Cholino y sus empleados. Distantes unos cuatro o cinco metros, y previo intercambio de palabras –casi inexistente–, Lara extrajo de su cintura un arma de fuego, tipo revolver calibre 32 largo que tenía cuatro cartuchos en su interior, y le gatilló varias veces a  Cholino”.

“Simultáneamente con dicha secuencia –detalló el juez–, las restantes personas que se encontraban con Cholino (Raúl Francisco Hernández, Andrés Cholino y Roberto Maureira), y que fueron acercándose segundos después, también fueron apuntadas con el arma a la vez que Lara les gatillaba con ella, aunque no se produjo ningún disparo”. El hecho ocurrió a 40 kilómetros al sudeste de 25 de Mayo.





Al momento de mensurar la sanción, Boulenaz consideró a favor de Lara que “se trata de una persona trabajadora, que procura su propio sustento y el de su familia –con activa participación en la educación y manutención de sus hijos–, y que es una persona incluida socialmente y querida en su ámbito de relación, todo lo que ha quedado acreditado”.

Asimismo valoró que “no existió ningún incidente con la víctima luego del hecho y durante el tiempo que duró el proceso (incluso respetó adecuadamente las restricciones a su libertad ambulatoria) y que colaboró con la investigación penal en su contra, ya que se entregó a la policía  e hizo lo propio con el arma”. A ello le agregó “la ausencia de antecedentes penales, en la medida que demuestran que a lo largo de su vida no ha presentado conflictos con la ley, de modo que el hecho ilícito cometido se presenta como un error aislado”.

“Por el contrario –expresó Boulenaz– valoro negativamente, que con su accionar puso en peligro la vida de las restantes personas que acompañaban a la víctima, (Hernández, Andrés Cholino y Maureira), ya que a todas ellas les apuntó y gatilló con el revólver (…), no produciéndose los disparos por fortuna ajena al autor”.

Finalmente, Boulenaz también evaluó como agravantes “los padecimientos y riesgos que implica toda intervención quirúrgica, como así que el hecho tuvo consecuencias de índole psicológica (para Cholino) que se mantienen incluso a la fecha” –el damnificado dijo que está en alerta permanente, que hubo cambios en su vida, que compró un arma para autodefensa y que ahora tiene “un enemigo”– y que Lara no haya internalizado su conducta gravosa, de acuerdo al informe del médico forense (“se observa una marcada tendencia a racionalizar y justificar sus conductas”).






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