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La Corte Suprema avaló por unanimidad la ley que protege a los glaciares

4 de junio de 2019
La Corte Suprema avaló por unanimidad la ley que protege a los glaciares

La ley 26.639 de protección de glaciares de la Argentina es constitucional. Así lo determinó este martes la Corte Suprema de Justicia, al rechazar por unanimidad los planteos de Barrick Gold, Minera Argentina Gold y de la provincia de San Juan que tenían, en suspenso, la aplicación de esa norma.

La decisión del máximo tribunal ahora abre el debate sobre, al menos, 40 proyectos mineros en el país. Los artículos 2 y 6 de la norma eran los más discutidos. El primero de ellos se refiere a la superficie de protección de los cuerpos de hielo y de roca, es decir, dónde empieza y dónde termina la superficie glaciar. El sexto, a las actividades prohibidas en esa superficie. El acuerdo de los ministros de la Corte no hace referencia en particular a este detalle.

Los fundamentos que firmaron los ministros Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda para rechazar los planteos se centraron en la argumentación del proceso de sanción de la ley, con el debate en ambas cámaras del Congreso; en la garantía constitucional del artículo 41 por un ambiente sano, así como también en el cumplimiento del Acuerdo de París, en términos de lucha contra el cambio climático.

Los actores demandantes planteaban que el Congreso había avanzado sobre la jurisdicción de las provincias en lo que se refiere a los recursos naturales. Sin embargo los jueces rechazaron ese argumento. «Antes de buscar confrontación, los artículos 41 y 124 de la Constitución, deben ser interpretados buscando adaptar la gestión de recursos naturales a las directivas de la cláusula ambiental», expresaron. «No hay inconstitucionalidad derivada del procedimiento de la ley cuestionada».

También consideraron que Barrick Gold y Minera Argentina Gold no han demostrado que el sistema de preservación de los glaciares establecido por el Congreso Nacional les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera. Tampoco la provincia de San Juan.





 

 

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