En el marco de la serie de medidas económicas para paliar el efecto del coronavirus en la coyuntura local, el Gobierno Nacional dio a conocer este domingo la letra chica del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que se publicará este lunes, destinado a contener la situación de inquilinos.
Según el documento, al que tuvo acceso Ámbito Financiero, hasta el 30 de septiembre de este año rigen las siguientes medidas:
- Se suspenden los desalojos por falta de pago.
- Se prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria.
- Se congelan los precios de los alquileres al valor de marzo.
- La deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre.
- Las deudas que se produzcan por falta de pago, se pagarán a partir de octubre en 3 cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades.
- Se exceptuará a aquel locador que acredite que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente.
- Se establece mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia, por controversias entre las partes.
La iniciativa oficial alcanza a: inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares; inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias; inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión; inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
Créditos UVA
También se dispuso a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el congelamiento -hasta el 30 de septiembre próximo- de las cuotas de los créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda única a valor de marzo.
La medida, que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial, dispone además el congelamiento del valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA y la suspensión de las ejecuciones hipotecarias sobre inmuebles destinados a vivienda única.
Además, contempla la suspensión de las ejecuciones por impagos de créditos prendarios UVA y establece que las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonarán, a partir de octubre, en 3 cuotas sin interés.
Establece, por último, que las deudas que se produzcan por falta de pago, se abonarán, a partir de octubre, en 3 cuotas, solo con intereses compensatorios, sin penalidades.