El Instituto Provincia de la Vivienda (Ipav) continúa con la inscripción y reinscripción al plan provincial de mil viviendas Mi Casa I y II, que se harán en casi todas las 80 localidades de La Pampa.
Deben anotarse a través de un formulario que está disponible en la web del Ipav hasta el 30 de septiembre.
Hubo un aluvión de consultas desde el martes 18 de agosto, cuando se abrió el registro. En los primeros dos días hubo 12 mil inscriptos (5 mil en Santa Rosa y unos 2500 en Pico).
Hay varios puntos a tener en cuenta: el Ipav recordó a la gente que tiene tiempo hasta el 30 de septiembre y que se puede ingresar al formulario cuantas veces sea necesario para poder completar la información requerida.
Además, al menos en las localidades más grandes -como Santa Rosa, Pico, Acha, entre otras- la adjudicación, luego de una selección, se hará por sorteo. Es decir, anotarse antes de ningún modo incidirá en la elección.
Eso no es todo: el instituto advirtió que entiende que la situación sanitaria y epidemiológica puede dificultar el acceso a algunos puntos del requerimiento a presentar, lo que podrá ser subsanado posteriormente.
Todo se hace de manera digital. De esta manera, la gente no tiene que acercarse ni al Ipav ni a las delegaciones ni al municipio.
Una vez en el sitio, las personas van a encontrar un formulario, que les va a permitir obtener un usuario y una contraseñan con el DNI en mano y a partir del N° de trámite.
Con ese usuario y esa contraseña podrán ir ingresando a manera que van teniendo la documentación. La gente va a poder entrar las veces que quiera para chequear cómo va su trámite e, incluso, va a poder incorporar documentación.
Con este mecanismo se suplanta la documentación en papel. Todo lo que antes se llevaba en papel -como por ejemplo partidas de nacimiento, recibos de sueldo, etcétera- se va a poder subir al formulario a través de una foto.
En el formulario se deberá completar los DNI de todo el grupo familiar.
También el comprobante de estado civil (casada/o, con acta de matrimonio, en unión convivencial registrada un acta de esa unión, para la persona soltera la declaración de estado civil en el registro civil, para el viudo o viuda el acta de defunción y para los divorciados la sentencia de divorcio.
Además, se debe presentar el recibo de sueldo y/o comprobante de situación laboral.
En el caso de las personas con discapacidad tendrán que presentar el certificado de discapacidad.
A su vez, la residencia se puede acreditar con el contrato de alquiler, el servicio público (boleta de luz eléctrica o gas natural) y el recibo de sueldo, o certificado de la escuela de su hija/o o boletines (los años para justificar la residencia deben ser correlativos).

