El PRO volvió a decir que es de “imposible” cumplimiento de la Ley de Plaguicidas que entró en vigencia este año en La Pampa.
Entre otros puntos, esta legislación establece una distancia de fumigación de 3 mil metros por aire y por tierra a 500 metros de los espacios urbanos. También impone que se deberá contar con la autorización municipal para aplicaciones terrestres entre los 500 y los 3000 metros.
“Como hemos dicho reiteradas veces, perdimos como provincia la oportunidad histórica de sancionar una ley de agroquímicos que sea modelo para todo el país, hoy los hechos nos demuestran los impedimentos y las dificultades que tienen los intendentes para el cumplimiento de la ley. Hecho que advertimos con anterioridad y durante el tratamiento en las distintas comisiones”, dijeron María Laura Trapaglia y Eduardo Pepa, en un comunicado de prensa.
Los diputados recordaron que desde el bloque Propuesta Federal trabajó durante un año con distintas instituciones académicas y representativas del sector como INTA, SENASA, la UNLPam, Carbap (Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa), Caproma (Cámara de Propietarios de Máquinas Agrícolas), Red de Buenas Prácticas Agrícolas, AAPRESID (Asociación Argentina de Productores en Siembra Directa), CEPIA (Cámara Empresaria Pampeana de Insumos Agropecuarios) y el Colegio de Ingenieros Agrónomos. “Todos realizaron valiosos aportes en pos de mejorar el proyecto y no fueron tomados en cuenta”, dijeron.
“Lamentablemente la realidad hoy nos demuestra que reglamentar exclusivamente sobre distancias no es la solución para regular la utilización de agroquímicos”, sostuvieron. “Es primordial contemplar las condiciones climáticas, el tipo de maquinarias, el tamaño de gota y producto a aplicar y la velocidad de labor entre algunos conceptos básicos para una correcta aplicación”.
“Debemos hacer foco en el cumplimiento de las Buenas Prácticas Agrícolas (BPAs) priorizando el cuidado la salud de las personas y el medio ambiente, capacitando a los productores y creando conciencia en el manejo de productos fitosanitarios, sin afectar las áreas pobladas ni nuestros recursos naturales”, finalizaron.
Una comisión interdisciplinaria ya elaboró el “Protocolo para la solicitud de autorizaciones excepcionales de la Ley Nº 3.288”, que establece el procedimiento que se debe cumplimentar para solicitar la autorización de carácter excepcional para la aplicación de plaguicidas y productos de uso agrícola, contemplando las siguientes situaciones:
a) Aplicaciones aéreas comprendidas desde los 1000 metros de finalización del área urbana hasta una distancia de 3.000 metros, es decir, aplicaciones áreas de plaguicidas y productos dentro de esos 2.000 metros.
b) Aplicaciones de plaguicidas y productos de uso agrícola para tratamiento de grano almacenado en área urbana y periurbana.
c) Aplicaciones terrestres de plaguicidas y productos de uso agrícola desde el límite de finalización del área urbana y hasta una distancia de 500 metros.
d) Aplicaciones de plaguicidas y productos de uso agrícola sobre establecimientos emplazados en el área rural, que se encuentren en funcionamiento y/o habitados.


