El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena contra un profesor de educación física de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor del delito de abuso sexual agravado por acceso carnal, aprovechándose de la inmadurez sexual de la víctima de 15 años en razón de la mayoría de edad del autor.
Los hechos fueron valorados en el marco de las leyes 26485 de Protección Integral contras las Mujeres y 26061 de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
La resolución fue rubricada por los ministros que conforman la Sala B, Fabricio Luis Losi y Hugo Oscar Díaz. Ellos declararon inadmisible el recurso de casación interpuesto por el defensor particular del imputado, de 53 años, quien había casado el fallo del Tribunal de Impugnación Penal. El TIP, a su vez, había ratificado la sentencia de primera instancia de la Audiencia de Juicio.
¿Cuáles fueron los hechos? Que el acusado abusó sexualmente de la adolescente de 15 años en el departamento de un amigo suyo. El vínculo entre ambos, se detalló en el fallo condenatorio, se generó en el ámbito escolar ya que el agresor era preceptor y la víctima, alumna.
El defensor sostuvo que se trató de un fallo arbitrario porque existió una errónea valoración de la prueba y, por lo tanto, ello afectó el derecho a defensa. Subsidiariamente planteó que la pena debía ser de ejecución condicional.