La Asociación Agrícola Ganadera de La Pampa anunció que el Juzgado Civil 4 de Santa Rosa avaló el proceso de desalojo de los inquilinos del restorán que funcionaba sobre la avenida Spinetto. La medida, sin embargo, no será efectiva al menos en el corto ni mediano plazo: el abogado de los locatarios, Walter Díaz, cuestionó el fallo del juzgado “que se hizo sin ver ni conocer” el expediente y anunció que lo apelará a instancias superiores. “Si es necesario, hasta la Corte Suprema (de la Nación)”, contó.
La Agrícola hizo el anuncio en un comunicado de prensa. “En vista del fallo judicial, en primera instancia, que lo avala, la Agrícola informa que se han producido avances en la recuperación del Restaurante perteneciente a esta Asociación”, informó. “El proceso de desalojo iniciado en la defensa de los intereses de los asociados, tanto en lo gremial como en lo patrimonial de esta Asociación, es tarea permanente de La Agrícola y, por tanto, celebramos que se haya hecho justicia”.
El fallo fue firmado por la jueza sustituta Ana Lis Palacio. “Mediante fallo del Juzgado N°4 (Expte 149363) se ha resuelto la situación de disputa entre esta Asociación y los ex locatarios del espacio destinado a Restaurante, en favor de iniciar el desalojo, por lo cual, en caso de mantenerse la medida judicial adoptada, próximamente se hará lugar a la desocupación del inmueble para su posterior recuperación y puesta en funciones a los fines que sus dueños, los integrantes de La Agrícola, puedan disponer de la utilización del mismo”, agregó.
El restorán está a cargo de los hermanos Diego y Daniel Acosta. Alquilan el predio a la asociación agrícola desde 2014. Pero desde 2020 empezó el litigio con la Agrícola.
El abogado Aldo Walter Díaz dijo a Diario Textual que los empresarios tienen una extensión del contrato de alquiler hasta el 2023 porque hicieron uso de una cláusula del acuerdo, para prolongar su uso por otros tres años. También, aseguró, están al día con el pago de los alquileres.
Sin embargo, la Agrícola viene insistiendo con que los Acosta no habían pagado los alquileres y que el contrato ya se había vencido. Entre otros puntos, la misma asociación no hizo opción a la prolongación del contrato.
“Es falso que no se ha pagado”, expresó el letrado de los empresarios gastronómicos. “Están los comprobantes de los pagos, por eso no se entiende este fallo. Se ha apoyado en las declaraciones del presidente de la Agrícola (Marcelo Rodríguez), que mostró un desconocimiento atroz del tema. No hay ningún reclamo por deuda”, dijo. “La Agrícola ha cobrado todo”, insistió. “Por eso es necesario aclarar que no hay un inminente desalojo ni algo parecido. Si es necesario, recurriremos a las cuatro instancias judiciales que tenemos disponible para evitarlo”, finalizó.
Qué dijo la Agrícola en la causa
La Agrícola, en la causa, relató que con fecha del 17 de noviembre de 2017 suscribieron con los Acosta el contrato de locación por el plazo de 36 meses a partir del día 1 del mes de octubre de 2017 y hasta el día 30 del mes de septiembre de 2020.
Afirmó que en la cláusula tercera se acordó un valor total de la locación de $2.218.932, el cual fue dividido en varios semestres.
Indicó que posteriormente, la declaración del brote del covid-19 motivó el dictado de los decretos de necesidad y urgencia Nros. 320 del 29 de marzo de 2020, 766 del 24 de septiembre de 2020, y 66 del 29 de enero de 2021, los cuales tuvieron como objetivo, entre otros, el de prorrogar los contratos de locación por los plazos previstos en cada uno de ellos, hasta el plazo definitivo el 31 de marzo de 2021. En ese sentido, sostuvo, la relación contractual con la sociedad de hecho demandada se vio alcanzada por la disposición del art nº 9 del decreto nº320.
Además, mencionó que los pagos fueron efectuados en término hasta el mes de febrero de 2020, momento a partir del cual el demandado dejó de pagar el alquiler, situación que subsiste en la actualidad. Por eso, el 15 de marzo de 2021 se le envió carta documento intimando al pago de las sumas adeudadas más intereses pactados, sin resultado favorable.
Los Acosta, sostuvo la Agrícola, continúa ocupando ilegítimamente el inmueble, adeudando 13 meses de cánones locativos. Por ello, ante la falta de cumplimiento y agotadas todas las gestiones extrajudiciales, recurrió a la vía judicial pararecuperar el inmueble de su propiedad.
La opinión de la jueza
La jueza sustituta Ana Lis Palacio, al analizar las pruebas, le dio la razón a la asociación agrícola: dijo que el contrato está vencido.
“Del análisis de estas pruebas (documental y declaración de partes) concluyo que en el transcurso de la causa, la demandada no logró acreditar sus dichos en defensa de su postura”, manifestó. “Contrariamente, tengo por debidamente acreditado que no existe consentimiento expresado por el locador respecto a renovación del contrato y que la actora decidió y comunicó expresa y fehacientemente la decisión de no renovación. Tampoco acreditó la demandada que se haya cumplido con la cláusula segunda del contrato con todos sus recaudos. En efecto, el derecho de opción de alquilar nuevamente por tres años al que alude no podría darse con la sola voluntad del locatario, sino que la previsión contractual era que la ‘…opción que será de común acuerdo entre las partes y luego de una renegociación del precio de locación y de todas las condiciones…’ (cláusula segunda del contrato adjuntado en actuación inicial). Por su parte, el documento titulado ‘anexo a contrato de locación’ adjuntado por la demandada (act. 856254) no es prueba suficiente por no estar suscripto, ni ser oponible a la contraria. Por lo que, atento a que no cumple con los recaudos previstos por los arts. 1187, 1188 y 288 y conc CCyC, carece de efectos probatorios”, expresó.
“En consecuencia, en virtud de las pruebas producidas, me infunden convicción que el contrato de locación originario que uniera a las partes se encuentra vencido y no se ha producido prueba suficiente para acreditar que las partes hayan celebrado un ‘nuevo contrato’ como menciona el demandado, más allá de las reuniones, propuestas o tratativas que pudieran haber existido”, agregó Palacio.