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Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto que devuelve el IVA en los productos de la canasta básica

10 de octubre de 2023
Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto que devuelve el IVA en los productos de la canasta básica

Luego de obtener la reforma sobre Ganancias, y a menos de dos semanas de las elecciones, el oficialismo en la Cámara de Diputados logró dar media sanción y girar al Senado otro proyecto impulsado por el ministro/candidato Sergio Massa en medio de la campaña electoral: la creación del Programa “Compra sin IVA”, que se aplica desde septiembre por medio de una resolución. La medida comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024, no obstante, actualmente ya se aplica gracias a un decreto de necesidad y urgencia.

El texto fue aprobado en general por 134 votos afirmativos, 0 negativos y 107 abstenciones -de JxC-.





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Además de los diputados del Frente de Todos, también votaron a favor los libertarios liderados por Javier Milei, el interbloque Provincias Unidas, la mitad del interbloque Federal y el Frente de Izquierda.

Desde Juntos por el Cambio, que tenía un proyecto propio, se abstuvieron. Denunciaron que tendrá un impacto fiscal que el Gobierno planea financiar por medio de emisión y, por lo tanto, terminará acelerando la inflación

Mediante la iniciativa se crea el Programa “Compra sin IVA”, destinado a reducir la carga tributaria que recae, fundamentalmente, sobre los bienes de la Canasta Básica Alimentaria.





Los alcanzados serán jubilados y pensionados -nacionales o de cajas provinciales no transferidas a la Nación-, cuyo ingreso no exceda los seis haberes mínimos; beneficiarios de AUH y asignación por embarazo; trabajadores -en sector público o privado- cuyo ingreso mensual no supere los seis SMVM.

También los/as trabajadores/as de casas particulares, monotributistas y quienes realicen compras con la “Tarjeta Alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarios de programas como el “Potenciar Trabajo”.

En tanto, estarán excluidos quienes perciban otros ingresos gravados por el impuesto a las Ganancias y quienes estén inscriptos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos.

El reintegro mensual no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes.

El reintegro del IVA, contenido en el monto de las operaciones de compra de bienes muebles, excepto las correspondientes a compras de combustibles líquidos, se hará a partir de las compras con tarjetas de débito, así como también aquellas que se hagan con pago electrónico a través de QR.

Cuando se trate de pagos mediante la utilización de tarjetas de crédito, dicha acreditación será efectuada e identificada por las entidades emisoras en el resumen del mes siguiente.

En el proyecto se faculta al Poder Ejecutivo a ampliar el listado de las beneficiarias y los beneficiarios del programa, fijar la magnitud del reintegro, realizar estudios e investigaciones sobre el impacto social y económico de la medida, y dictar normas complementarias o aclaratorias.


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