El decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente Javier Milei y todos los ministros del Gobierno libera los precios de la medicina prepaga, al derogar, de la ley regulatoria de la actividad, la parte referida a las atribuciones de las autoridades nacionales del área de Salud para autorizar los incrementos de las cuotas. La ley 26.682 aprobada en 2011 y de la cual se derogan algunos artículos -total o parcialmente-, también previó que la Superintendencia de Servicios de Salud tenga la facultad de fiscalizar y garantizar “la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales”. Eso queda ahora eliminado.
Sí queda vigente, según la letra del DNU que ya fue publicado en el Boletín Oficial, la limitación existente para fijar precios diferenciales de los planes en función de la edad de quienes se afilian. Se ratifica, en tal sentido, que, entre la primera y la última franja etaria del esquema definido para establecer los precios, no puede haber una diferencia de más de tres veces, informó La Nación.
Referentes del sector dijeron esta noche a La Nación que se encuentran analizando la letra del DNU. Hasta ahora, estaba vigente un sistema –derivado de lo establecido por la ley ahora modificada- por el cual la Superintendencia de Servicios de Salud, como autoridad de control, publicaba la variación mensual de un Índice de Costos de Salud, y ese porcentaje era el autorizado para la suba de cuotas; además, regía un sistema de incremento topeado para quienes tuvieran ingresos de hasta un determinado monto e hicieran una declaración jurada. Ese tope estaba definido como el 90% de la variación mensual del índice salarial Ripte.
Para las cuotas de enero, el aumento autorizado según ese mecanismo era de 6,96% y, en la práctica, no iba a regir ningún tope, porque el porcentaje establecido como referencia para el límite máximo resultó superior a la variación de los costos de salud. Ahora, sin embargo, eso quedaría sin efecto y las cuotas podrían subir el porcentaje que decida cada entidad de medicina prepaga.
Más allá de la suba de enero y de haber continuado sin modificaciones el sistema de precios anterior, el mes próximo un grupo de afiliados iba a recibir su factura con un reajuste de 40,67%. Se trata, concretamente, de quienes tuvieron la cuota congelada en octubre, noviembre y diciembre, de acuerdo con una decisión que había tomado, en el marco del llamado “plan platita”, el entonces ministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa. El porcentaje mencionado corresponde a la suba que se acumuló, según el Índice de Costos de Salud, entre octubre y el actual mes de diciembre.


