El gerente de las cajas jubilatorias del Instituto de Seguridad Social, Edgardo Cáceres, dijo a Radio Textual (LU 33) que el no envío de los fondos por parte de Nación para cubrir los déficits de los regímenes jubilatorios pampeanos “no es para alarmarse”, pero advirtió que esta situación implica que “la Provincia deje de hacer cosas para destinar ese dinero a cubrir las jubilaciones”.
Desde diciembre del año pasado Nación no está cumpliendo con los compromisos asumidos con la ley 27.260, que contempla los financiamientos de los déficits jubilatorios a provincias que no transfirieron sus regímenes a Nación.
“Ese dinero lo tiene que cubrir la Provincia. Eso lastima mucho porque va a haber cosas que se van a dejar de hacer para financiar las jubilaciones”, dijo Cáceres.
Explicó que en ninguna caja los aportes de los activos alcanzan para cubrir los beneficios jubilatorios.
“Cada régimen provincial tiene dos activos por cada pasivo, por ende no alcanza a cubrirse ese financiamiento solamente con el aporte de los activos. Entonces se va buscando otra fuente de financiamiento”, dijo.
“No hay que alarmarse, no se verán afectados nuestros jubilados, para nada”.
-¿Pero si se extiende esta situación de no envío de fondos podría complicarse?
-Extendido en mucho tiempo, creería que si. Pero eso lo debería responder el ministro de Hacienda, que es el área que está buscando los recursos para el financiamiento.
Demanda ante la Corte
El pasado 12 de abril, el gobernador Sergio Ziliotto interpuso, a través de la Fiscalía de Estado, una demanda ante la Corte Suprema de Justicia para que se ordene al Estado Nacional a pagar en forma inmediata la deuda del Gobierno Nacional en concepto de déficits de las cajas previsionales.
La deuda, estimada por auditorías realizadas por el Instituto de Seguridad Social del año 2024, calculadas al 31 de marzo, es de $5.104.478.586,96.
La demanda se fundamenta en el incumplimiento del Pacto Federal de 1999, ratificado por ley 25.235, y de las leyes 27.260 y 27.701, luego de agotada la vía administrativa ante la falta de respuesta a los reclamos provinciales. También se plantea la inconstitucionalidad del reciente DNU 280/24 que pretende derogar la citada normativa.