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La Justicia habilita a que sigan los descuentos de Ganancias a médicos pampeanos mientras se resuelve la apelación

22 de mayo de 2026
La Justicia habilita a que sigan los descuentos de Ganancias a médicos pampeanos mientras se resuelve la apelación

El Juzgado Federal de Santa Rosa rechazó una medida cautelar que habían solicitado unos 150 profesionales de la salud de La Pampa para evitar que se les siguiera descontando el Impuesto a las Ganancias mientras se tramita la apelación presentada por el Estado nacional contra el fallo que había declarado inconstitucional el tributo.

La resolución -a la que accedió Diario Textual– fue firmada por el juez federal Juan José Baric, quien aclaró que el rechazo de la cautelar no modifica la sentencia de fondo dictada el pasado 9 de abril, cuando hizo lugar al amparo impulsado por médicos, médicas, enfermeros, kinesiólogos y bioquímicos pampeanos contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP). “La reforma introducida por el artículo 81 de la Ley 27.743 a la Ley 20.628 resulta inconstitucional y procede declarar su inaplicabilidad respecto a los integrantes de esta acción ordenando a la demandada que se abstenga de aplicarla manteniendo el régimen de ganancias vigente con anterioridad a la reforma sobre los haberes de los mencionados”, había expresado semanas atrás el magistrado en la sentencia.

En aquella sentencia, el magistrado declaró la “inconstitucionalidad e inaplicabilidad” del régimen del Impuesto a las Ganancias para los demandantes y ordenó a ARCA abstenerse de aplicar la reforma impulsada por el Gobierno de Javier Milei.

Sin embargo, el Estado nacional apeló la decisión y el recurso fue concedido “con efecto suspensivo”, lo que implica que el fallo todavía no puede ejecutarse hasta que exista una resolución firme.





Ganancias: Baric hizo lugar al amparo de los médicos pampeanos y frena el cobro por inconstitucional

Qué reclamaban los profesionales

Luego de la apelación oficial, la parte actora -representada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez– pidió una nueva cautelar para impedir que continuaran los descuentos salariales por Ganancias mientras se revisa el fallo.

El juez Baric rechazó ese planteo al considerar que la vía cautelar no puede utilizarse para “saltearse” el efecto suspensivo de la apelación concedida al Estado.

En la resolución, sostuvo que ya existe una sentencia favorable para los profesionales y que, por lo tanto, la discusión dejó de ser cautelar para transformarse en una cuestión de ejecución de sentencia.

“El derecho absoluto ya fue reconocido judicialmente -pendiente de revisión judicial-”, expresó el magistrado.

El argumento del juez

Baric consideró que otorgar ahora una cautelar equivaldría a ejecutar parcialmente una sentencia que todavía no está firme.

En ese sentido, afirmó que conceder la medida “implicaría vaciar de contenido el efecto suspensivo” otorgado a la apelación presentada por ARCA.

También remarcó que no se acreditó un escenario excepcional que justificara apartarse de esa regla procesal, como un riesgo inminente para la vida o la salud de los demandantes.

Por ese motivo, resolvió rechazar la cautelar solicitada por los profesionales de la salud pampeanos.

El expediente original se convirtió en uno de los primeros fallos del país que declaró inconstitucional la restitución del Impuesto a las Ganancias sobre salarios de trabajadores del sector sanitario tras los cambios impulsados por el Gobierno nacional.






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