El presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que habilita la expulsión y prohíbe el ingreso al país de extranjeros que promuevan mensajes de odio, discriminación o violencia contra la Argentina o sus ciudadanos, o que ultrajen los símbolos patrios. La decisión, adoptada tras la denominada “campaña antiargentina” que siguió a la participación de la Selección en el Mundial de Fútbol 2026.
Hay un antecedente peligroso: la ley de Miguel Cané, conocida como la Ley de Residencia (Ley N.º 4.144), fue aprobada el 22 de noviembre de 1902. Esta norma autorizó al Poder Ejecutivo a expulsar del país a los extranjeros considerados «indeseables» sin necesidad de un juicio previo
La normativa responde a recientes manifestaciones consideradas hostiles hacia la República Argentina y sus habitantes. El decreto enfatiza que la defensa de la Nación, sus ciudadanos y sus símbolos constituye un principio innegociable para el Gobierno Nacional. “Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, expresó Milei en el comunicado oficial.
El Decreto 681/2026 fue publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina e incorpora formalmente como causa de inadmisión y expulsión del país a los extranjeros que dirijan o inciten expresiones de odio, discriminación y violencia por razones de nacionalidad, y a quienes realicen actos de ultraje contra los símbolos nacionales. La disposición abarca tanto la incitación pública como cualquier manifestación directa que implique un agravio a la identidad nacional.
En los considerandos, el Poder Ejecutivo sostuvo que la Argentina mantuvo históricamente una política de apertura y hospitalidad hacia los extranjeros, pero remarcó que la soberanía estatal permite fijar condiciones de admisión, permanencia y expulsión para resguardar el orden público, la seguridad interior y la cohesión social.
La decisión fue justificada por el Ejecutivo en función de preservar la integridad social y el respeto hacia la Argentina y sus emblemas. Según la comunicación de la Oficina del Presidente, el endurecimiento en las políticas migratorias busca evitar situaciones que puedan poner en riesgo la convivencia y el orden institucional.
La norma se dictó como decreto de necesidad y urgencia y, según el texto oficial, deberá ser remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que tiene un plazo de 10 días hábiles para expedirse sobre su validez o invalidez y elevar dictamen a cada Cámara.
La medida surge en un contexto de tensión por recientes expresiones públicas consideradas agravios hacia la Argentina y sus ciudadanos. El Gobierno Nacional sostuvo que la soberanía y el respeto a los símbolos patrios son elementos esenciales que no admiten negociación.
En el artículo 1 del decreto se establece que la disposición alcanza a extranjeros que hayan “dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, o incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto, o contra algún ciudadano argentino, motivado en la nacionalidad de este último”, o bien, hayan “realizado o participado en actos de ultraje de símbolos patrios nacionales; o haber incitado a cometer cualquiera de los actos previstos por el presente inciso”.

