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Desalojo exprés y expropiaciones: cómo será el procedimiento

7 de agosto de 2026
Desalojo exprés y expropiaciones: cómo será el procedimiento

El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, aprobado por el Senado, incorpora un nuevo régimen de desalojos exprés para acelerar la restitución de viviendas, campos y terrenos ocupados ilegalmente. Además, modifica el sistema de expropiaciones y avanza en la digitalización de los registros de la propiedad.

La iniciativa mantuvo esos capítulos luego de que el oficialismo resolviera retirar ayer del texto las reformas vinculadas a la compra de tierras por parte de extranjeros y, hoy, las referidas al manejo del fuego, dos de los puntos que habían generado mayor resistencia durante el debate parlamentario.

Cómo quedan los desalojos

  • Se aplicará el desalojo exprés en los casos de inmuebles usurpados o de tenedores precarios.
  • El juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si “el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria”.
  • El juez podrá intimar, dentro de las 72 horas, la devolución del inmueble si así lo solicita el propietario, quien deberá acreditar mediante prueba documental la titularidad del terreno, vivienda o campo.
  • Los propietarios podrán intimar a los inquilinos que adeuden el pago de sus contratos, pero deberán otorgarles un plazo de al menos 10 días corridos para regularizar la deuda, contados desde la recepción de la notificación.
  • La notificación deberá realizarse en el domicilio denunciado en el contrato o por correo electrónico, y deberá indicar el lugar exacto de pago.
  • Si el incumplimiento persiste, el propietario podrá iniciar la acción de desalojo, que se ejecutará en un plazo de 10 días hábiles.
  • El propietario no podrá negarse a recibir las llaves ni imponer condiciones para aceptarlas, aunque podrá dejar constancia por escrito de que existen deudas pendientes de reclamo.
  • En caso de que haya menores de edad o adultos en situación de desamparo, el juez deberá dar intervención obligatoria a los organismos locales de protección y al Ministerio Público Tutelar.

Cómo quedan las expropiaciones





  • La declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva.
  • El Estado deberá fundamentar de manera clara los motivos de la expropiación.
  • Se estableció un tope del 30% para la indemnización por lucro cesante.
  • La tasa de interés será la correspondiente al Índice de Precios al Consumidor (IPC) más la tasa del Banco Nación a 30 días. La transferencia del bien no podrá concretarse sin el pago de la indemnización, aunque el Estado podrá solicitar la posesión del inmueble.
  • El juez podrá requerir un dictamen del Tribunal de Tasaciones de la Nación cuando existan diferencias sobre el valor que deberá abonar el Estado.

Digitalización y regularización de escrituras

  • Se podrán presentar documentos digitales en los Registros de la Propiedad de todo el país, aunque esa modalidad ya está vigente en algunas jurisdicciones.
  • El proyecto modifica la ley Pierri de regularización dominial para que las familias que acrediten una posesión pública durante los 10 años anteriores puedan acceder a la escritura de su vivienda única.


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