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Entidades del campo a favor del proyecto de Ardohain para castigar el vandalismo rural

25 de agosto de 2026
Entidades del campo a favor del proyecto de Ardohain para castigar el vandalismo rural

Representantes de entidades del campo manifestaron su fuerte apoyo al proyecto que busca castigar los hechos de vandalismo rural, durante una reunión informativa de la Comisión de Agricultura y Ganadería de Diputados, presidida por el pampeano Martín Ardohain (Pro).

Precisamente, Ardohain, quien calificó de “excelente” el encuentro, es el impulsor de la iniciativa que también tiene giro a la Comisión de Legislación Penal, donde fue presentada días atrás. El próximo paso sería un plenario de ambas comisiones para avanzar hacia un dictamen. En la reunión de este martes, todos los bloques se manifestaron a favor del tema.





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“Fue un día muy importante, con la presencia de representantes de las entidades del sector, (Sociedad Rural Argentina, Federación Agraria Argentina, Federación de Instituciones Agropecuarias Santacruceñas, Confederaciones Rurales Argentinas, CONINAGRO, CARBAP y Fundación Barbechando), defendiendo al productor, defendiendo a las familias rurales”, expresó el diputado del Pro pampeano y agregó: “Que la tranquera vuelva a significar lo que siempre significó: la bienvenida para el que viene de buena fe, y el límite claro para el que viene a hacer daño”.

Respecto a los tiempos parlamentarios, Ardohain dijo: “Somos todos muy optimistas. Hoy todos los bloques sin bandera política dijeron que acompañaban. Creo que si hay tratamiento en la Cámara de Diputados se va a aprobar rápidamente y a partir de hoy nos ponemos a trabajar con los senadores para que también acompañen. Tiene que ser Ley”.

Propuesta





De acuerdo al proyecto impulsado por Ardohain, se propone la incorporación del artículo 150 bis al Código Penal, el que cual establecería una pena de prisión de un mes a un año al que “entrare en establecimiento rural, terreno o sus dependencias, contra la voluntad expresa o presunta de quien tenga derecho de excluirlo”.

“Se presume la voluntad de exclusión por la sola existencia de cerramientos, vallas, muros, alambrados o señales que indiquen la prohibición de ingreso”, añade el texto, al tiempo que aclara: “No se configurará el delito cuando el ingreso responda a una necesidad justificada, razones de auxilio o cuando la configuración del lugar no permita distinguir claramente el límite con la vía pública”.

Además, plantea incorporar el artículo 184 bis al CP, que prevé penas de prisión de 2 a 8 años y multa de 3 a 12 veces “el valor del daño causado, el que, sin causar una situación de peligro común, destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare elementos que afecten de manera directa el ciclo productivo, el stock de materias primas o la infraestructura del establecimiento agropecuario”. En ese sentido, se enumera cereales no cosechados, silobolsas, ganado, leña, etc.

“En idéntica pena incurrirá quien destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare instalaciones tecnológicas destinadas a la provisión de energía o extracción de agua”, suma y agrega: “La pena mínima se elevará al doble si el autor o quien hubiere determinado a otro a cometer el hecho fuere funcionario público o se dedicare habitualmente a la actividad agropecuaria”.

Finalmente, se modifica el ya existente artículo 209 del Código Penal, que contempla actualmente pena de prisión de 2 a 6 años para el que públicamente instigare a la comisión de un delito y se incorpora que la pena se aumentará en un tercio si la instigación se realizare a través de medios de comunicación masiva, redes sociales o plataformas digitales.





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