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“La lógica del derecho penal juvenil es educativa y no adulcéntrica”

25 de septiembre de 2026
“La lógica del derecho penal juvenil es educativa y no adulcéntrica”

“La lógica del derecho penal juvenil es educativa y no adulcéntrica; y enfatizo en esto porque si no seguiremos viendo cómo el 70 por ciento de los adultos que pasan por el sistema penal para adultos antes ya había pasado por el sistema penal juvenil”, dijo el abogado y docente Alejandro Osio. “El sistema penal juvenil no apunta a castigar, sino a resocializar, a que el adolescentes se haga responsable y pueda reintegrarse a la sociedad”, acotó la jueza María Antonella Marchisio.

El abogado y docente Alejandro Osio y la jueza sustituta del Tribunal de Impugnación Penal, María Antonella Marchisio, brindaron una capacitación sobre la nueva Ley Nacional 27.801 de Régimen Penal Juvenil, durante una jornada realizada en el auditorio del Centro Judicial de Santa Rosa y destinada a operadores del sistema judicial.





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La actividad estuvo centrada en los cambios introducidos por la normativa nacional, entre ellos la reducción de 16 a 14 años de la edad de punibilidad, y en las características que debe tener el abordaje de los adolescentes que atraviesan un proceso penal.

Osio explicó que la Ley 27.801 establece disposiciones de derecho sustantivo, como penas, condiciones de punibilidad y extinción de la acción, pero no fija los procedimientos que deben aplicar las provincias. Esos aspectos quedaron bajo la regulación de las jurisdicciones locales, con excepción de los ámbitos nacional y federal.

En ese sentido, La Pampa ya contaba con un procedimiento específico. Desde el 1 de agosto de 2023 está vigente la Ley Provincial 3353, que estableció un Procedimiento Penal para Adolescentes basado en la justicia restaurativa.





Ese modelo pone el foco en la reparación del daño causado a la víctima y a la comunidad y en que el adolescente tome conciencia de su responsabilidad, en lugar de centrarse exclusivamente en el castigo.

A partir de la aprobación de la nueva ley nacional, La Pampa adecuó su legislación mediante modificaciones a algunos artículos de la Ley 3353 y de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Durante la capacitación, Osio señaló que la nueva legislación representa un “cambio de paradigma”, al pasar de un modelo tutelar a un modelo basado en la responsabilidad individual.

También remarcó que el sistema penal juvenil requiere una forma de comunicación diferente a la utilizada con adultos. “La lógica del derecho penal juvenil es educativa y no adultocéntrica”, sostuvo.

En esa línea, señaló que la primera intervención con un adolescente debe contemplar su edad y sus características particulares. “La primera charla que se tiene con el pibe es de traducción, sea imputado, víctima o testigo. Hay que saber explicarle de qué se trata, qué va a pasar”, explicó.

Osio también planteó que no puede abordarse de la misma manera a un adolescente de 14 años que a uno de 17. “No se lo puede tratar igual que a un adulto”, afirmó.

El abogado sostuvo además que el abordaje debe extenderse al entorno del adolescente. “Trabajar con los adolescentes es ir al territorio, comunicar diferente, hablar con la persona, con su familia, con el barrio”, expresó. “Si queremos cambiar y realmente resocializarlo, pero seguimos mandando una cédula para notificar una resolución, no sirve de nada”.

Marchisio, por su parte, destacó la experiencia de La Pampa en la materia y afirmó que “nuestra provincia tiene una ley modelo” en derecho penal juvenil.

“El sistema penal juvenil no apunta a castigar, sino a resocializar, a que el adolescente se haga responsable y pueda reintegrarse a la sociedad”, sostuvo.

La jueza remarcó la importancia de conocer el contexto de cada adolescente para definir las intervenciones. “Desde la primera entrevista con él tenemos que buscar su traje a medida”, señaló.

“Para trabajar en su reinserción social hay que saber cómo es, dónde vive, cuál es su contexto”, agregó.

Otro de los aspectos abordados durante la jornada fue el presupuesto previsto por la nueva normativa. Osio señaló que la Ley 27.801 contempla una asignación presupuestaria para que Nación y las provincias puedan cumplir con sus disposiciones, incluyendo la incorporación de personal, equipos interdisciplinarios e institutos de detención especializados. Según explicó, esa previsión no fue incorporada en la reglamentación de la norma realizada por el Poder Ejecutivo Nacional.

Marchisio también se refirió al debate generado a partir del fallo de una jueza porteña que declaró inconstitucional la aplicación del nuevo régimen penal juvenil. En ese marco, planteó la importancia de que el Ministerio Público Fiscal establezca criterios de política criminal claros.

Como ejemplo mencionó a Entre Ríos, donde la Procuración General aprobó un protocolo de actuación penal juvenil que diferencia las intervenciones según las edades, entre 14 y 16 años y entre 16 y 18, y establece pautas para la utilización de criterios de oportunidad en determinados delitos.

El criterio de oportunidad es la facultad del Ministerio Público Fiscal para no iniciar, suspender, interrumpir o prescindir de la persecución penal en determinados casos.

De la capacitación participaron el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Hugo Oscar Díaz; el defensor general, Martín Saravia; el director general de Justicia, Marcos González; el presidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, Carlos Ordas; representantes de asociaciones vinculadas al Ministerio Público Fiscal y a la defensa pública; el diputado provincial Hernán Pérez Araujo y jueces, fiscales, defensores, empleados y abogados.

Además, unos 120 operadores judiciales participaron de manera virtual desde distintas provincias, entre ellas Tierra del Fuego, Santa Fe y Misiones.






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