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Baja de la edad de la punibilidad y charlas con adolescentes: “La cárcel es el fin último”

1 de octubre de 2026
Baja de la edad de la punibilidad y charlas con adolescentes: “La cárcel es el fin último”

Unos 150 estudiantes participaron de tres charlas dadas por funcionarios/as y magistrados/as judiciales sobre la implementación de la ley que redujo de 16 a 14 la edad de punibilidad. Las actividades se desarrollaron en tres escuelas santarroseñas en el marco del programa “Educación + Justicia”, que promueve el Superior Tribunal de Justicia.

La defensora penal Paula Arrigone concurrió al colegio secundario Barrio Aeropuerto para hablar del tema ante una veintena de alumnos/as de cuarto, quinto y sexto año. La funcionaria explicó que el 5 de septiembre entró en vigencia la ley nacional 27.801, que bajó en dos años la edad mínima de responsabilidad penal, y explicó que La Pampa ya adecuó la normativa provincial a ella a partir de modificaciones introducidas a la ley de Procedimiento Penal para Adolescentes, que regía desde el 1 de agosto de 2023.





Todo Balde




“La nueva ley, además de bajar la edad de punibilidad, amplió los delitos por los que un adolescente puede ingresar al sistema penal juvenil. Hasta ahora no eran punibles los delitos con penas de hasta dos años de prisión, como lesiones leves, daño simple o hurto simple; pero ahora sí porque no hay excepciones”, expresó.

En medio del diálogo, y al detallar Arrigone que el régimen penal juvenil prevé que los adolescentes, en caso de ir presos, tienen que estar alojados en establecimientos distintos a los de los adultos; algunos alumnos plantearon sus quejas por el trato que reciben de la policía cuando circulan por la vía pública.

La defensora resaltó que la policía está facultada para identificar a las personas y eventualmente detenerlas si hay una orden judicial o si se sospecha que pudieron cometer un delito en flagrancia; pero que también cualquier ciudadano puede presentar una denuncia si considera que fue maltratado.





Alternativas punitorias

Otra defensora penal, María Silvina Blanco Gómez, visitó el colegio secundario Profesor Julio Alejandro Colombato para conversar sobre esa temática frente a algo más de sesenta estudiantes de primero a sexto año del turno tarde.

Ella les fue detallando, cómo se fue cambiando la normativa en materia del régimen penal juvenil, y expresó que la ley recientemente aprobada por el Congreso apunta a que el adolescente asuma la responsabilidad de sus actos. “La cárcel es el fin último, ya que previamente existen muchas soluciones alternativas para que los jóvenes puedan resocializarse”, manifestó.

En ese listado incluyó, como salidas alternativas a la prisión efectiva, el cumplimiento de reglas de conducta. Por ejemplo, la asistencia escolar, el resarcimiento económico, un pedido de disculpas, una restricción de contacto y/o acercamiento, etc.

La propia Blanco Gómez, junto al fiscal Andrés Torino, también expusieron acerca del tema ante otros sesenta alumnos/as de los cursos superiores del colegio secundario Tomás Mason. Preliminarmente explicaron cuáles son las funciones de la defensa y la fiscalía y luego profundizaron sobre los alcances de la ley 27.081.

Ambos hablaron acerca de la proporcionalidad de la pena y Torino dio un ejemplo claro. Si un adolescente ‘trucha’ un documento de identidad para ingresar a un boliche y un adulto lo hace para estafar a un jubilado/a en miles de pesos, los dos cometen el delito de falsificación de documento; pero luego la aplicación de la pena no puede ser evaluada de la misma manera. Por eso se habla de proporcionalidad.

En la charla hubo una pregunta específica dirigida a los estudiantes: ¿qué argumentos escucharon o leyeron en redes sociales o en la televisión acerca de por qué se bajó la edad de punibilidad? “Porque los menores cometen muchos delitos”, se escuchó como respuesta.

La siguiente pregunta fue: en Santa Rosa se inician alrededor de 12.000 causas penales por año, ¿cuántas creen que involucran a adolescentes? Las respuestas fueron variadas. Alguien dijo 10.000, otro 8.000, otro 6.000… y la respuesta fue… entre 300 y 350. O sea que el porcentaje no llega ni al tres por ciento.

Qué cambia con la nueva ley


Con la norma sancionada , la edad mínima de imputabilidad se redujo a 14 años. La nueva ley abrió la posibilidad de que adolescentes de 14 y 15 años que cometan delitos puedan ser procesados penalmente, juzgados y, si se demuestra su responsabilidad, recibir una pena de hasta 15 años de privación de la libertad -el proyecto original del Ejecutivo proponía un máximo de 20-.

La ley crea un nuevo régimen penal juvenil que contempla una batería de medidas procesales que van más allá de la detención. Así, los jueces pueden optar por sanciones que van desde la amonestación hasta el monitoreo electrónico, la prohibición de salir del país o la prestación de servicios comunitarios, cuando los delitos tengan penas de hasta tres años de prisión.

La nueva ley establece una diferencia según la pena prevista para cada delito. Si el delito contempla una pena de hasta 3 años de prisión, no podrá aplicarse cárcel efectiva. En esos casos deberán utilizarse sanciones alternativas, como amonestaciones, asistencia a programas educativos, prohibición de contacto con la víctima, trabajos comunitarios o monitoreo electrónico.






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