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La Corte suspendió el artículo del DNU 70 que derogaba la Ley de Tierras y hay alivio en el Gobierno nacional

9 de octubre de 2026
La Corte suspendió el artículo del DNU 70 que derogaba la Ley de Tierras y hay alivio en el Gobierno nacional

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, dispuso hoy suspender los efectos del artículo 154 del decreto 70/2023 hasta tanto el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud de medida cautelar. Ese artículo disponía la derogación de la Ley 26.737 de Tierras Rurales.

En la práctica, la Corte revirtió así los efectos que tuvo su propio fallo del martes de la semana pasada. Ese día, invocando un motivo procesal, revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que en 2024 había declarado inconstitucional el artículo 154 del decreto 70/2023, de Javier Milei, que deroga entera la ley de tierras. Aquel fallo de la Corte motivó duras críticas, una inusual aclaración pública del tribunal y una amenaza de la oposición con hacer caer en el Congreso todo el DNU 70/2023 -y no solo el artículo 154-. La oposición anunció que apuesta a hacerlo en una sesión especial el jueves de la semana próxima. Este nuevo fallo de la Corte ayuda al Gobierno, que necesita desactivar esa iniciativa, que nació como reacción a la sentencia anterior del tribunal.





Marquez




El máximo tribunal entendió que el planteo de la asociación actora versaba sobre “asuntos concernientes a la tutela del daño ambiental”, por lo que resultaba necesario dictar “una medida interina, a fin de asegurar la tutela judicial efectiva, y evitar la producción de daños irreparables”.

El acuerdo extraordinario fue convocado para esta mañana en carácter urgente, para resolver la disputa por la vigencia de la Ley de Tierras Rurales, y pronunciarse sobre las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros, eliminadas por el artículo 154 del DNU 70/2023 del presidente Javier Milei.

El expediente incluye un pedido de medida cautelar impulsado por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda.





De esta forma, las limitaciones que la Ley 26.737 imponía sobre la adquisición de predios rurales por ciudadanos extranjeros vuelven a estar vigentes hasta que se analice la cuestión de fondo del planteo, es decir, la validez constitucional del artículo del DNU cuestionado.

La deción se tomó con el voto de dos conjueces, ya que los tres miembros del tribunal, Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, no alcanzaron la unanimidad necesaria para avanzar, por lo que el tribunal los convocó para desempatar. En esta ocasión, Rosenkrantz no adhirió al criterio de sus colegas.

Los magistrados designados fueron Diego Barroetaveña, de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza. Ambos son penalistas con extensa trayectoria judicial. Barroetaveña, cercano a Rosatti, integra el Consejo de la Magistratura; Pérez Curci es discípulo de Carlos Mahiques, juez de Casación y padre del actual ministro de Justicia.






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