Diario Textual
  • INICIO
  • POLITICA
  • SOCIEDAD
  • ECONOMIA
  • MUNDO
  • TECNO
  • CULTURA
  • DEPORTES

Diario Textual

  • INICIO
  • POLITICA
  • SOCIEDAD
  • ECONOMIA
  • MUNDO
  • TECNO
  • CULTURA
  • DEPORTES
Vaque


Ferrán cruzó a Ardohain por “mentir” sobre el vandalismo rural: “Su proyecto baja las penas”

12 de octubre de 2026
Ferrán cruzó a Ardohain por “mentir” sobre el vandalismo rural: “Su proyecto baja las penas”

Abelardo Ferrán, diputado nacional por el peronismo pampeano, salió a cuestionar las “fake news” y las operaciones mediáticas por su voto en los proyectos sobre el vandalismo rural. Concretamente, apuntó contra el también diputado Martín Ardohain y le recordó que “apoyar un despacho propio no es votar en contra”. Además, sostuvo que la iniciativa del legislador del PRO, en realidad, baja las penas previstas en el Código Penal Argentino.

Ardohain, autor de la iniciativa, fue el encargado de iniciar una campaña en las redes sociales contra Ferrán. “El diputado Ferrán, con el permiso de Sergio Ziliotto, votó en contra del proyecto que pena el vandalismo rural viviendo en una provincia donde cientos de familias trabajan desprotegidas todos los días. Queda claro que al kirchnerismo no le preocupan los delitos”, escribió. Esa publicación sirvió para que las milicias digitales, tanto libertarias como del PRO, salieran a defenestrar a Ferrán.





Marquez




En rigor, la iniciativa de Ardohain es la que reduce las penas que el peronismo había impulsado hace unos cinco años. “Actualmente se prevén penas de entre 3 y 10 años por algunos delitos contra las producciones y la propiedad rural. En tanto, el proyecto del PRO, con el acompañamiento de La Libertad Avanza, la UCR y demás aliados políticos, establece penas de entre 2 y 8 años”, resaltó Ferrán.

El proyecto del peronismo

El peronismo tiene su propio dictamen, de autoría del diputado Ramiro Gutiérrez, del Frente Renovador. Precisamente, Gutiérrez fue quien en 2020 presentó una iniciativa contra el vandalismo en los campos. “El texto (de Ardohain) contiene errores que comprometen seriamente su viabilidad jurídica. Confunde propiedad rural con domicilio, pretende equiparar la intrusión en un campo con la violación de la libertad protegida por el artículo 150 del Código Penal y construye una figura de daño agravado sin advertir que numerosas conductas ya están castigadas con penas particularmente severas”, dijo.





El problema central, sostuvo, aparece en el artículo 184 bis que propone incorporar. “Allí se vuelve a prohibir buena parte de lo que el Código Penal ya prohíbe, pero con una particularidad difícil de justificar: se establecen penas inferiores a las vigentes”, resaltó. “El artículo 186, inciso 2°, contempla desde hace décadas la destrucción de determinados bienes rurales, entre ellos cereales no cosechados o almacenados en las condiciones previstas por la ley, plantaciones, ganado y sus productos, leña, alfalfares y otros cultivos forrajeros. La pena establecida para esos hechos es de tres a diez años de prisión”.

“El PRO vuelve a incluir numerosas conductas de esa naturaleza en su nuevo artículo 184 bis, pero les asigna una escala de dos a ocho años. La pena mínima disminuye un año y la máxima, dos. Así, una reforma presentada para fortalecer la respuesta penal introduce una figura que podría desplazar, en determinados supuestos, disposiciones actualmente más severas”, dijo.

Despacho

Ferrán dijo que desde el bloque de Unión por la Patria emitieron su propio despacho. “Las operaciones mediáticas no solo desinforman sino que, además, generan odio a partir de mentiras que no llegan muy lejos”, dijo.

El “proyecto de ley de estragos, daños agravados y protección de infraestructuras críticas y productivas”, cuyo autor es Ramiro Gutiérrez, no solo mantiene las penas de 3 a 10 años de prisión para quienes causen incendios, explosiones, inundaciones, derrumbes u otros hechos capaces de producir peligro común, sino que también eleva las penas de 5 a 15 años cuando exista peligro de muerte para alguna persona o cuando el hecho recaiga sobre un inmueble habitado; un establecimiento destinado a servicios públicos; un archivo público, una biblioteca o un museo; un establecimiento rural, industrial o productivo; o infraestructura crítica para el abastecimiento, la energía, las comunicaciones, la defensa o la seguridad nacional, o el funcionamiento de servicios esenciales.

Asimismo, establece que la pena será de 6 a 15 años si el hecho produjera estrago; de 10 a 20 años si causara la muerte de una persona; y de 12 a 25 años si provocara la muerte de dos o más personas.

“Mientras algunos solo se ocupan de disfrazar la realidad, en La Pampa tenemos una historia de trabajo que demuestra, con acciones concretas, los enormes avances en la producción agrícola-ganadera, en gran medida producto del sostenimiento de políticas públicas que acompañan a uno de los sectores productivos más importantes de nuestra provincia”, finalizó Ferrán.






  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram

Copyright 2009 | DiarioTextual.com | Todos los derechos reservados | Santa Rosa – La Pampa – Argentina Dirección: Sergio Romano Contacto: [email protected] Contacto publicitario: 02954 -15377691 (Vanesa Cavallotto)

DISEÑO Y DESARROLLO WEB - www.generarweb.com