La fiscal adjunta Anabella Libertad Kletzel entrevistó a policías y empleados, y determinó que no hubo delitos, malos tratos u otras irregularidades por parte del equipo técnico y de los funcionarios de la Dirección de Niñez de La Pampa en el procedimiento de retiro de un bebé a una familia de contención de Rancul. “No se advierten elementos probatorios que permitan inferir un actuar contrario a la ley o un desvío de poder. Asimismo, conforme lo manifestado por los responsables operativos, no se constataron ni registraron expresiones agraviantes o intimidatorias, tampoco malos tratos u hostigamiento por parte de las autoridades hacia los denunciantes y terceros/as durante el desarrollo de las diligencias”, expresó.
La situación representa un espaldarazo para los funcionarios de Niñez que, paralelamente, están en la mira de una comisión investigadora de cuatro diputadas provinciales. Por lo pronto, la fiscal no detectó irregularidades ni actos agraviantes o intimidatorios, como había denunciado la familia de contención.
Los hechos ocurrieron el 7 de septiembre. La denuncia fue realizada por Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani, la familia de contención de Rancul que reclama la adopción del bebé que tuvo bajo su cuidado. La pareja denunció “muchas irregularidades” por parte de funcionarios del Gobierno y de la Justicia.
En los fundamentos de la resolución, la fiscal señaló que su intervención se limitaba a determinar si las acciones denunciadas podían configurar un delito penal. Aclaró que no correspondía a esa instancia revisar la legitimidad o el mérito de las resoluciones judiciales o de las medidas de protección de derechos dictadas por la autoridad civil o de Niñez.
Kletzel sostuvo que el procedimiento tuvo como fundamento una orden de la jueza de la Familia, Niños, Niñas y Adolescentes, Ana Clara Pérez Ballester, que disponía la restitución del niño. Según el dictamen, tanto los funcionarios de Niñez como el personal policial y el equipo de negociación actuaron dentro de sus competencias y en cumplimiento de esa orden.
La fiscal reconoció que este tipo de procedimientos puede generar momentos de alta tensión emocional, pero concluyó que, en las actuaciones denunciadas, se privilegió la contención, la negociación y el diálogo, además del resguardo de la integridad física del niño y de las personas involucradas. También descartó que se hubiera acreditado un uso ilegítimo de la fuerza.
Como parte de la investigación preliminar, Kletzel entrevistó a dos jefes policiales. Ambos describieron las negociaciones realizadas en el puesto caminero de Eduardo Castex y el posterior traslado de Ana Pizzani y el niño a Santa Rosa. Según sus testimonios, el equipo procuró resolver la situación mediante el diálogo y atender las necesidades de la mujer y del bebé.
Consultados específicamente sobre la posible existencia de expresiones agraviantes o intimidatorias por parte de los funcionarios intervinientes, ambos manifestaron que no habían escuchado ese tipo de expresiones durante su presencia en el puesto caminero y en la Dirección de Niñez.
Los testimonios también señalaron que, una vez en Santa Rosa, se realizó una reunión con la participación de autoridades de Niñez, personal policial y una médica de Sanidad Policial. La revisión médica del niño había sido solicitada por Joaquín Díaz y su abogada. Luego, se concretó la entrega y se permitió la despedida.
“Si bien el cumplimiento de medidas de protección y restitución de menores puede suscitar (como es evidente en este caso) momentos de alta tensión emocional, la conducta de los funcionarios intervinientes, en las secuencias que fueron motivo de denuncia penal, reitero, se mantuvo dentro de los cauces normativos y jurisdiccionales vigentes, advirtiéndose que se privilegió la contención, la vía de la negociación, el diálogo persistente y el resguardo de las necesidades básicas e integridad física del niño y de las partes, descartándose el uso ilegítimo de la fuerza”, dijo en uno de los tramos del dictamen.
“No se advierten elementos probatorios que permitan inferir un actuar contrario a la ley o un desvío de poder. Asimismo, conforme lo manifestado por los responsables operativos, no se constataron ni registraron expresiones agraviantes o intimidatorias, tampoco malos tratos u hostigamiento por parte de las autoridades hacia los denunciantes y terceros/as durante el desarrollo de las diligencias”, expresó.
“Asimismo, se dieron respuestas a los requerimientos de la parte, garantizándose la revisión médica del niño por personal de Sanidad Policial y la instancia de despedida, ello según consta de lo actuado por el personal especializado interviniente, y sin perjuicio de aclarar nuevamente que, más allá de las opiniones, discrepancias o matices con que se valoren estas acciones, excede la órbita del derecho y, por tanto, la competencia puntual del M.P.F. en el marco de un proceso penal iniciado”, dijo la fiscal.
“Con los elementos colectados, se concluye que el accionar de los funcionarios públicos y del personal policial interviniente se ajustó estrictamente al cumplimiento de un deber legal y a las órdenes emanadas de la autoridad judicial competente, desplegándose dentro de los márgenes reglamentarios de su función y sin configurar conducta típica, antijurídica o punible alguna. Por todo lo expuesto, procédase a la desestimación de las presentes actuaciones de conformidad a lo dispuesto en el art. 259 del C.P.P.”, finalizó.
El caso
Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani denunciaron “muchas irregularidades” por parte de funcionarios del Gobierno y de la Justicia.
El bebé llegó a la familia el 20 de marzo de 2026, cuando tenía dos meses, en el marco del programa de Familias de Contención, una medida excepcional y transitoria. Al asumir el cuidado, Díaz y Pizzani firmaron un acta en la que aceptaron las condiciones del programa, entre ellas, que no podían convertirse en adoptantes del niño.
El 29 de junio, la Justicia declaró al bebé en estado de adoptabilidad y solicitó al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUA) el listado de familias en condiciones de adoptarlo. La pareja reclamó que el niño permaneciera con ellos y pidió la guarda con fines de adopción. Ambos planteos fueron rechazados en distintas instancias judiciales.
El 7 de septiembre, la familia debía entregar al bebé. Fue hasta la Dirección de Niñez y manifestó que no lo haría. Luego, sus integrantes fueron demorados por la Policía en Eduardo Castex, cuando intentaban dirigirse hacia Rancul. Finalmente, regresaron a Santa Rosa y el niño fue entregado, después de las 18.30, a la familia seleccionada para iniciar el proceso adoptivo.
Díaz y Pizzani denunciaron que el procedimiento fue violento y cuestionaron la forma en que se concretó el retiro. El Gobierno, en cambio, sostuvo que la intervención de Niñez tuvo como finalidad cumplir con la decisión judicial y que se procuró generar la situación “menos violenta” posible para el bebé.
Polémica en la Legislatura
Funcionarios de las áreas de Niñez, Adolescencia y Familia del Gobierno Provincial concurrieron este martes a la Legislatura Provincial, invitados por la comisión investigadora para ampliar y evacuar consultas, luego del informe escrito presentado respondiendo al requerimiento legislativo por el caso del bebé de Rancul. Las diputadas que integran la comisión investigadores se quejaron de que no concurrió el equipo técnico y denunciaron que desde el Gobierno están “entorpeciendo” la investigación.
La comisión está integrada por Sandra Fonseca, Silvia Larreta, Gisela Cuadrado y Noelia Viara. Su objetivo es determinar si existieron irregularidades administrativas o institucionales en la intervención de los organismos provinciales y, eventualmente, si corresponde establecer responsabilidades por el caso del bebé que le fue retirado a una familia de contención de Rancul.
“Ante la decisión de las autoridades de Niñez de no presentar a los equipos técnicos convocados y condicionar las entrevistas a la presencia conjunta de todos los funcionarios, nos dirigimos personalmente al Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos para solicitar que nos reciba su titular”, informaron en un comunicado de prensa. “Queremos manifestarle nuestra preocupación por la actitud de la Dirección de Niñez, que está entorpeciendo el normal desarrollo de la investigación legislativa”.
Desde Casa de Gobierno les salieron al cruce: los integrantes de los equipos técnicos son empleados de la Ley 643 y no pueden ser interpelados en la Legislatura, dijeron fuentes oficiales a Diario Textual. El dato, más contundente, es que la comisión se creó en base al artículo 68 de la Constitución provincial. Esa norma establece que solamente pueden interpelar a ministros o secretarios del Poder Ejecutivo. Es decir, no a empleados. “A los trabajadores se les puede pedir informes escritos, no citarlos a declarar compulsivamente”, contaron.

