El Gobierno sanjuanino expresó su “felicidad” por el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ayer rechazó la demanda del Estado pampeano para que San Juan frene la construcción de la represa hidroeléctrica El Tambolar, que afecta el caudal que llega al oeste pampeano a través del río Salado, para que se haga un estudio de impacto ambiental de toda la cuenca.
La Corte consideró que La Pampa no pudo argumentar que la afecte la represa. La decisión generó la rápida reacción del gobernador pampeano Sergio Ziliotto. “Es un día muy triste para La Pampa y su historia en defensa del ambiente y sus recursos naturales”, expresó Ziliotto. “Borrando con el codo toda la jurisprudencia ambiental la Corte rechaza la demanda de la Provincia que solicitaba estudios ambientales previos a la construcción de la represa El Tambolar”, sostuvo. “Con un fallo que atrasa y desconoce al ambiente como sujeto de derecho la Corte avala el ecocidio de la cuenca Desaguadero- Salado – Chadileuvu – Curaco y desdice los antecedentes jurisprudenciales que viene imponiendo de manera justa y amplia en materia ambiental”, manifestó.
En San Juan, en la contracara, el fiscal de Estado, Jorge Alvo, remarcó su “felicidad” ante la resolución de los supremos, dado que recordó que trabajaron al menos siete meses en la contestación de la demanda, según publicó El Tiempo de San Juan.
Según contó, en la estrategia de defensa, entre diferentes documentos técnicos y la declaración de impacto ambiental que hizo la propia provincia, presentaron un informe de Hidráulica que reflejaba que el río San Juan, en donde está enclavado El Tambolar, nace en la cordillera y muere en la laguna de Guanacache, es decir, dentro del territorio provincial, por lo que sostenían que no hay un conflicto entre jurisdicciones, como argumenta La Pampa.
El máximo tribunal remarcó en su sentencia que “La Pampa no ha demostrado que la implementación de la obra, por sí sola, le esté causando una lesión concreta o, al menos, le genere un riesgo cierto de padecerla”. Además, resaltó que “no se encuentra controvertido” que El Tambolar “se inserta en un sistema preexistente de explotación hidroeléctrica en cascada (en referencia a la existencia de los otros diques) y ocupa un lugar geográficamente y sistemáticamente comprendido entre dos obras ya en funcionamiento”.
Por eso, los supremos insistieron en que La Pampa “no identifica en ningún momento cual sería el agravio (potencial o actual) que la implementación de la obra de la represa específicamente le genera a sus prerrogativas”.
En ese sentido, Alvo destacó que la sentencia de la Corte tendrá un impacto directo en el otro juicio que inició La Pampa contra San Juan para que integre la llamada Cuenca del río Desaguadero. En ese proceso judicial, Fiscalía de Estado de San Juan dio en octubre una fuerte respuesta al reiterar que los ríos locales no traspasan los límites provinciales y negar que alimenten la cuenca en la zona de influencia en La Pampa.
La causa contra El Tambolar había sido la primera embestida judicial de esa provincia contra una obra hidroeléctrica sanjuanina, pese a que sobre el río San Juan ya se han construido tres diques: Ullum, Caracoles y Punta.