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La familia de Rancul no acató el pedido de una jueza: no entregó al bebé

7 de septiembre de 2026
La familia de Rancul no acató el pedido de una jueza: no entregó al bebé

Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani decidieron este lunes por la mañana no entregar al niño de 7 meses que cuidan. La decisión genera un conflicto: es posible que ahora la Justicia le ordene a la Dirección de Niñez y Adolescencia de La Pampa que lo retire con la fuerza pública.

La jueza Ana Pérez Ballester le había ordenado a Niñez que reclamara el bebé a la familia. En ese marco, citó para esta mañana a Joaquín y Ana Laura. Pero ambos se presentaron en la sede de Niñez en General Pico y dijeron que no lo entregarán. En ese marco, presentaron un recurso en el que argumentaron que la causa no está agotada en el plano judicial.





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La familia de contención, incluso, cuestionó a funcionarios de la Dirección de Niñez y Adolescencia de La Pampa, que habían pedido la entrega del niño. De todas maneras, pudo confirmar Diario Textual, lo que hicieron fue cumplir una disposición de la jueza Pérez Ballester. “Niñez es auxiliar de la Justicia. Quien dispuso la entrega del niño, para darlo a otra familia en adopción, es la Justicia”, contaron.

Ayer, la pareja marchó en Rancul para reclamar que pueda adoptar al bebé que cuidan desde que tenía dos meses de edad. La situación, dolorosa, genera debate: la ley que regula el sistema de Familias de Contención impide que una familia de acogimiento adopte al niño que tiene bajo su cuidado temporal.





Las autoridades del Gobierno y de la Justicia sostienen que Ana Laura y Joaquín, como toda familia de contención, firmaron un documento al momento de recibir al niño en el que expresamente renuncian a toda posibilidad de adopción. Además, resaltan que, si se lo dan en adopción, estarían violando la legislación y el espíritu del sistema de familias de contención. La pareja, sin embargo, sostiene que el vínculo afectivo construido durante estos meses debe ser contemplado antes de concretar la entrega del niño, hoy de siete meses de vida, a otra familia.

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El Programa Familias de Contención de La Pampa tiene como objetivo brindar alojamiento y cuidados a niños, niñas y adolescentes que, por una medida excepcional de protección, deben ser separados temporalmente de su entorno familiar. Se trata de una alternativa al alojamiento institucional mientras se trabaja para restituir derechos y definir el proyecto de vida del niño. La propia guía oficial del programa establece que la permanencia debe ser excepcional, transitoria y por el menor tiempo posible.

La diferencia central con una familia adoptiva es justamente esa transitoriedad. La familia de contención no recibe al niño para incorporarlo como hijo, sino para cuidarlo durante una etapa determinada, hasta que pueda regresar con su familia de origen o ampliada o, cuando esto no sea posible, se defina una alternativa familiar permanente mediante el sistema de adopción.

Por ese motivo, quienes ingresan al programa son informados de que no pueden postularse para adoptar al niño que tienen bajo su cuidado. Según explicó oficialmente la Dirección General de Niñez y Adolescencia, esa incompatibilidad forma parte de las condiciones de participación en el programa y busca evitar que la familia que ejerce el cuidado temporal tenga una ventaja frente a las personas inscriptas en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUA).

La normativa también establece restricciones para las llamadas guardas de hecho o delegaciones de la responsabilidad parental como vía para acceder a una adopción por fuera del sistema registral. La finalidad es que la selección de una familia adoptiva se realice dentro de un procedimiento controlado judicialmente y con criterios generales para todos los aspirantes.






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