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El vernismo cuestionó al Gobierno por cómo retiraron al bebé de Rancul: “La ley había que cumplirla, pero esa no era la forma”

24 de septiembre de 2026
El vernismo cuestionó al Gobierno por cómo retiraron al bebé de Rancul: “La ley había que cumplirla, pero esa no era la forma”

Silvia Larreta, diputada del vernismo, volvió este jueves a cuestionar al Gobierno provincial por el caso del bebé de Rancul. En su argumentación, durante el debate en el que se aprobó por unanimidad la conformación de una comisión investigadora, dijo que no tienen interés en indagar sobre el proceso de adopción dispuesto por la Justicia, sino la forma en la que retiraron a un bebé de una familia de contención de Rancul. “La ley había que cumplirla, pero esa no era la forma”, dijo frente a los otros legisladores. “Estamos hablando del procedimiento de cuando le arrebataron ese bebé a la mamá”, agregó.

De esa manera, sus planteos parecieron coincidir con lo que han planteado los jueces, asesores y defensores de la niñez que han intervenido en este caso: que por ley, el niño no debía -ni podía- ser entregado a la familia de contención -que deben cumplir un rol temporal y sus cuidadores no pueden adoptar al niño que tienen bajo cuidado- y que la adopción debe seguir el procedimiento previsto por ley, donde se debe priorizar el interés superior del niño y se debe evitar que los cuidadores interfieran.





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Concretamente, entre otros puntos, están cuestionando presuntos engaños y hasta maltratos y amenazas hacia la familia de contención y sus abogadas en momentos en que se encontraban en la sede de Niñez el 7 de septiembre.

El caso comenzó cuando una familia de contención recibió a un bebé de Rancul, al que cuidó desde los dos meses de vida. El 23 de julio, unas semanas después, Joaquín D. y Ana Laura P. plantearon su intención de adoptarlo, pese a que el sistema de familias de contención es temporal y no contempla la adopción por parte de los cuidadores. La Justicia rechazó su pedido de guarda con fines de adopción y dispuso avanzar con el proceso adoptivo. El 7 de septiembre, el nene les fue retirado -en medio de una situación por demás tensa, frente a la resistencia de la familia de contención- y entregado a una familia adoptiva.


La comisión estará integrada por Silvia Larreta, por el Frejupa; Sandra Fonseca, por Comunidad Organizada; Gisela Cuadrado, por la UCR; y Noelia Viara, por el PRO-MID.





En la Legislatura no ocultan que buscan presionar para que sean apartados Juan Pablo Bonino, subsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia, y Rodrigo Lofvall, director general de Niñez, Adolescencia y Familia.

Días atrás, el ministro de Desarrollo Social de La Pampa, Diego Álvarez, volvió a defender la actuación de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia a partir del caso del bebé de Rancul. “Nosotros no nos vamos a prestar a carancheos políticos. El procedimiento se hizo como corresponde”, dijo en un breve diálogo con Diario Textual, al ser consultado si consideraba que hay intereses políticos.

Larreta defendió la investigación del caso

Larreta, oriunda de Rancul, dijo que en esta comisión solo se investigará el caso del bebé. “Esto es solo exclusivamente por el caso de Rancul. Si creemos que esto no está bien, lo vamos a demostrar. Y si creemos que está bien, también lo vamos a demostrar”, expresó.

Además, dijo que desde el Gobierno no han dado suficientes explicaciones y que se han dedicado a “operar” por este caso. “Vamos a investigar para tranquilidad de aquellos que han estado operando. A mí no me van a callar. Y si estamos puestos acá es por la gente. Muchos no están de acuerdo conmigo. Pero como bloque, seguramente van a votar. Pero lo voy a repetir: es por el caso del bebé de Rancul”, resaltó.

“Déjense de operetas políticas. ¿O se creen que no me duele que no hay respuestas del Gobierno? Operaron por todos lados. ¿Por qué será? Sé que mis palabras molestan…”, dijo.

“No entiendo dónde está el miedo. Solo es investigar, llegará un informe y se citará a la gente que hizo las cosas. Luego se elevará un informe y después vendrán las actuaciones”, manifestó Larreta.

“Cuando el Poder Ejecutivo no hace lo que no hace lo que tiene que hacer, nos tenemos que poner la mochila al hombro”, dijo sobre la intervención de los legisladores.

“Lo vamos a hacer con la mayor responsabilidad y respeto, hacia los niños y los papás. También hacia los papás adoptivos”, finalizó.

Defensoría nacional sugirió que la familia de contención intentó “apropiarse” del bebé de Rancul

Los reclamos judiciales de la familia

La familia ha presentado una batería de recursos administrativos y judiciales. Recientemente, la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de General Pico rechazó otro de los recursos presentados por la familia que había recibido al bebé y confirmó la decisión de primera instancia que había desestimado su pedido de guarda con fines de adopción. También se ha pronunciado en contra de esta familia de contención el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa.

La familia, en sus presentaciones judiciales y administrativas, sostuvo que era la “única referente afectiva” del niño y planteó la inconstitucionalidad de los artículos 611, 600 inciso b y 634 inciso h del Código Civil y Comercial. Sin embargo, la Justicia pampeana rechazó la demanda, la cautelar y los demás planteos. Entre otros argumentos, se apoyó en la opinión de la Defensoría del Niño de la Nación.

En principio, el organismo nacional recordó que el sistema argentino de adopción se estructura sobre la base del artículo 19 de la Convención Americana de Derechos Humanos, el artículo 21, inciso a), de la Convención de los Derechos del Niño, el Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley 25.854 de Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos. “En base a este corpus iuris particular, el instituto jurídico de la adopción tiene en miras la satisfacción del derecho del niño o niña a vivir, crecer y desarrollarse en una familia”, sostuvo.

“Dado el impacto que tiene la adopción en la vida, identidad e historia de esa niña o niño, las normas convencionales exigen garantizar procesos de máxima transparencia, absolutamente respetuosos de su condición de sujeto de derechos”, expresó. “Toda adopción debe tener como fin primordial garantizar el interés superior del niño”, recordó.

La Defensoría dijo que la prioridad es que el niño crezca con su familia de origen y que, si no se puede, sea dado en adopción. “El principio de protección especial exige que se determine la situación de adoptabilidad de un niño, niña o adolescente solamente cuando no exista posibilidad alguna de que el derecho del niño a vivir, crecer y desarrollarse en familia pueda ser satisfecho en su familia de origen, aun cuando se hayan desplegado todos los recursos para que esta pueda hacerlo”, dijo. “Agotados los recursos y plazos que las normas prevén, es obligación del tribunal interviniente acudir al Registro de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos”.

“Se destaca que las condiciones de idoneidad de una familia que integra el registro se fundan en el respeto por la identidad del niño, su historia de origen y la dignidad del mismo”, dijo. “Una familia que se atenga a las exigencias del proceso, sabiendo que el interés del niño está por encima de sus deseos de ser madre o padre”.

Con respaldo del vernismo, la Legislatura avanza con una comisión investigadora por el bebé de Rancul

“Es fundamental que quienes estén dispuestos a adoptar sean personas capaces de asumir las implicancias de esa responsabilidad y ser respetuosas de los procesos y la normativa vigente en materia de adopción”, manifestó.

La Defensoría se puso a analizar el caso del bebé que vivía en Rancul. “En la situación analizada, surge que el niño fue incorporado a una familia perteneciente al programa de Familias de Confianza -análogas a las familias de acogimiento o de tránsito- el día 20 de marzo de 2026, registrándose un período de convivencia inferior a cuatro meses al momento de promoverse la solicitud de adopción”, dijo.

“Asimismo, la familia ya habría participado previamente en otros procesos de acogimiento que culminaron con la integración de los niños a familias adoptivas seleccionadas mediante el registro de familias inscriptas en el RUA”, expresó. “Es decir que resulta evidente, el conocimiento acerca del carácter transitorio de su función y de la incompatibilidad existente entre el rol de acogimiento y la adopción, habiendo firmado un acta compromiso en la que voluntariamente aceptan las condiciones y obligaciones de la responsabilidad asumida”.

Alertó que lo que pide la familia de contención no puede concretarse. “Peticionar al tribunal quebrar la institucionalidad que rodea la adopción no solo pretende imponer su interés por sobre el interés superior del niño”, dijo. “Coloca a este último (NdeR: por el bebé) en una situación de objeto, obstaculizando que el tribunal encuentre la familia que mejor responda a ese interés”.


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