Diputados y diputadas provinciales del Frente Justicialista Pampeano presentaron este viernes a la mañana el pedido de jury de enjuiciamiento a la jueza piquense Ana Clara Pérez Ballester por su actuación en el caso del nene Lucio Dupuy (5 años) asesinado por su madre, Magdalena Espósito Valenti, y su pareja Abigail Páez. El pedido es por “mal desempeño en sus funciones”, pudo saber Diario Textual.
“Los integrantes del bloque PJ comunicamos que se ha tomado la decisión de presentar formalmente un pedido de jury de enjuiciamiento en los términos de la Ley 313 a efectos de que se inicie una investigación respecto de la actuación de la Jueza de Familia y la Asesora de Menores de la ciudad de General Pico con motivo de determinar sus responsabilidades producto de su desempeño en el marco de denominado caso Lucio”, informó el PJ en un comunicado.
“Comunicamos que desde el bloque no se realizarán manifestaciones mediáticas individuales, ya que la gravedad y trascendencia de los hechos en cuestión ameritan que el tratamiento de los mismos sea exclusivamente por la vía institucional correspondiente, siempre procurando la búsqueda de la verdad sin revictimizar a la familia del menor”, agregó.
El punto central de la presentación del Frejupa es la decisión de Pérez Ballester de darle la tenencia de Lucio a su madre Magdalena Espósito Valenti, que lo terminó asesinando, sin haber ordenado un estudio socioambiental antes de homologar ese acuerdo por la tenencia del nene.
El jurado de enjuiciamiento o jury es el tribunal a cargo del juzgamiento de los miembros del Poder Judicial por mal desempeño de sus funciones, delitos en el ejercicio de sus funciones, o por delitos comunes.
En La Pampa la Ley 313 es la que establece el mecanismo del jury. Está integrado por legisladores, magistrados y abogados de la matrícula.
Los legisladores que integran el jury son Silvia Larreta (Frejupa) y Andrea Valderrama (Frepam) como titulares y Julio González (Frejupa) y Mauricio Agon (Frepam), como suplentes. Además, lo integran el presidente del Superior Tribunal de Justicia y representantes de abogados de la matrícula.
La ley 313 establece, en su articulo 113, que “los Jueces de primera Instancia, fiscales y demás funcionarios que indique esta Constitución y las leyes, podrán ser denunciados por el mal desempeño o por desorden de conducta ante un Jurado de Enjuiciamiento que estará compuesto por el presidente del Superior Tribunal de Justicia, dos abogados de la matrícula que se designarán por sorteo en cada caso y por dos diputados designados por la Cámara de Diputados”.
Precisa que “el fallo condenatorio necesitará contar con el voto de la mayoría y la ley establecerá el procedimiento, garantizando la defensa y el descargo del acusado, fijando además los delitos y faltas sujetos a la jurisdicción del jurado”.
La norma deja en claro que el mal desempeño debe ser reiterado, es decir que no alcanza con un solo caso para la destitución.
Un dato a tener en cuenta es que en junio de 2022 el Superior Tribunal de Justicia, en fallo dividido, bloqueó la posibilidad de avanzar con el sumario administrativo de la titular del Juzgado de Familia y el Menor N° 1 de General Pico para ver si había actuado bien al convalidar el acuerdo de partes por el cual la tía de Lucio le devolvió la tenencia a la madre. Quien recomendó hacer un sumario fue el instructor de la investigación interna que el Superior Tribunal de Justicia ordenó para determinar si había existido una denuncia previa ante la Justicia por hechos de violencia intrafamiliar contra el pequeño.
Los ministros Fabricio Losi y Elena Fresco (piquenses) y el santarroseño Eduardo Fernández Mendía votaron por archivar la actuación, mientras que Hugo Díaz y José Sappa lo hicieron a favor de concretarla.
¿Cómo fue el camino de Lucio que terminó en la tenencia de su madre? Al separarse su mamá Magdalena Espósito Valenti y su padre Christian Dupuy, en 2019 quedó viviendo en la ciudad de General Pico al cuidado de sus tíos. Poco después, Espósito Valenti se puso de novia con Abigail Páez.
A principios de 2020, la progenitora comenzó a pedir la custodia del nene con el argumento que, a diferencia del pasado, ya tenía una casa y trabajo. En ese marco, presentó diferentes denuncias contra la familia paterna que la familia Dupuy asegura que eran falsas.
En los primeros días de noviembre de 2020, finalmente, Pérez Ballester, a cargo del Juzgado de Familia y del Menor 1 de General Pico, dispuso que se les otorgara la tenencia completa del menor a Espósito Valenti y su pareja. En ese momento, al menos en el expediente, nadie manifestó de sospechas de violencia de la progenitora hacia el nene.
Lucio estuvo unos 15 meses con su progenitora y su novia. El 15 de diciembre de 2020, es decir casi cuatro meses después de empezar a vivir en Santa Rosa, comenzó un peregrinaje por centros de salud. Finalmente fue asesinado el 21 de noviembre de 2021.
Ayer, el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa consideró culpables de los delitos de homicidio triplemente agravado por el vínculo, el ensañamiento y alevosía a Magdalena Espósito Valenti y por homicidio doblemente agravado por ensañamiento y alevosía y por abuso sexual a su novia Abigail Páez por el asesinato del nene de 5 años. Espósito Valenti, en tanto, fue absuelta de la acusación del abuso sexual. De esta manera, en otra audiencia a desarrollarse a las 8 horas del 13 de febrero, les recaerá la única condena posible para estos delitos: prisión perpetua, que establece al menos 35 años de cárcel.